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Los treinta y seis Autos de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo publicados en el Cendoj del 21 de septiembre al 4 de octubre de 2025.

Sección Segunda

13 autos:

  1. ATS 8477/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si, conforme a los arts. 33 y 239.3 LGT y 66.4 y 72 RGRVA, en ejecución de una resolución estimatoria parcial por vicio de forma, consistente en la falta de ofrecimiento al obligado tributario de su derecho a promover la tasación pericial contradictoria, procede la devolución de las garantías aportadas para obtener la suspensión de la ejecución del acto impugnado y el reconocimiento del derecho del obligado tributario al reembolso del coste de dichas garantías correspondiente a la duración del procedimiento que finalizó con la citada resolución estimatoria.>

  2. ATS 8487/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar, si en una cuenta donde se efectúe habitualmente el abono de sueldos, salarios o pensiones, el saldo disponible a la fecha de un embargo (deducido el importe del último abono en concepto de sueldos, salarios o pensiones, que se ha de considerar inembargable), es íntegramente susceptible de embargo con independencia de que tenga su origen en el abono de anteriores percepciones de la misma naturaleza.>

  3. ATS 8482/2025 y ATS 8479/2025 aprecian interés casacional en una cuestión que ya está resuelta por SSTS de 26 y 30 de abril de 2024 (RRCA 6542/2022 y 6655/2022, respectivamente) respecto a las Ordenanzas Fiscales Reguladoras de la Tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos -Asunto: Informe técnico-económico: justificación de los parámetros elegidos para cuantificar la tasa. Tipo de gravamen en los supuestos de aprovechamiento especial de especial intensidad 5%. Restantes aprovechamientos 2,5%-

  4. ATS 8478/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si puede aplicarse la reducción establecida en el art. 19.2.f) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (LIRPF) a los trabajadores con discapacidad en situación administrativa de segunda actividad sin exigir que, además, que acrediten la efectiva prestación de servicios durante el ejercicio impositivo al que se aplica la reducción.>

  5. ATS 8484/2025 y ATS 8483/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    < -Determinar -unificando el criterio interpretativo de diferentes secciones de esta Sala Tercera sobre el artículo 85.4 LJCA, a la luz del principio pro actione-, si es necesario que el recurrente en la primera instancia se adhiera al recurso de apelación interpuesto por la Administración demandada -cuando haya obtenido una sentencia totalmente estimatoria y, por tanto, favorable a sus pretensiones, en la que hayan dejado imprejuzgados alguno de los motivos de la demanda por considerarse innecesario su análisis-, para que esos motivos puedan y deban ser examinados en la sentencia que estime el recurso de apelación.

    Precisar si el copago por las prestaciones de atención a la dependencia previstas en el artículo 14 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre , que perciben los grandes dependientes Grado III, en calidad de servicios y se destinen a la promoción de la autonomía personal y a atender las necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria, tienen la consideración de tasa o precio público.>

  6. ATS 8475/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si el órgano jurisdiccional que conozca de un recurso de apelación interpuesto frente a la inadmisión del recurso contencioso-administrativo, en el supuesto de que aprecie que dicha inadmisión fue acordada indebidamente, debe entrar a conocer del fondo del asunto, en todo caso, aun cuando no resulte competente por razón de la cuantía del recurso, o si, por el contrario, si no se encuentra facultado para conocer del asunto en apelación por esa razón, debe limitarse a declarar la indebida inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo, procediendo a devolver las actuaciones al órgano apelado.>

  7. ATS 8492/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si una comunidad autónoma a quien la Administración General del Estado ha concedido la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, está legitimada para impugnar, en vía contencioso-administrativa, la resolución de un tribunal económico-administrativo relativo a un acto dictado por esa comunidad autónoma en ejercicio de la referida delegación.>

  8. ATS 8488/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si es aplicable al recurso de apelación contra los autos que impiden la continuación del procedimiento – como es un Auto de desistimiento- la «summa graviminis»prevista en el artículo 81.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA) o si, por el contrario, rige la regla prevista en el artículo 81.2.a) de la misma ley.>

  9. ATS 8476/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si puede la Administración tributaria iniciar un procedimiento de derivación de responsabilidad que agrava la situación del contribuyente con respecto a un anterior procedimiento idéntico de derivación por los mismos hechos cuando sobre el primer procedimiento está pendiente de resolver un recurso de reposición, esto es, si pueden coexistir y simultanearse por parte de la Administración con el mismo contribuyente dos procedimientos de derivación de responsabilidad al mismo tiempo, en aplicación del artículo 174 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante «LGT») y artículos 41 y 42 LGT , ponderando en especial, el principio de prohibición de la denominada «reformatio in peius» amparado por el artículo 223.4 del citado texto legal.>

  10. ATS 8481/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si una autoliquidación complementaria presentada por el obligado tributario, en la que se ingresa una cantidad adicional a la previamente autoliquidada por el mismo concepto y periodo, puede desplazar el momento inicial del cómputo del plazo de prescripción del derecho a solicitar la devolución del exceso ingresado, por entenderse que sustituye o rectifica la autoliquidación anterior, aun cuando no se hubiera formulado expresamente como solicitud de rectificación, conforme al artículo 120.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.>

  11. ATS 8480/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar, a efectos de la aplicación del artículo 16 de Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio , y para establecer el valor de las acciones y participaciones que dicho precepto contempla, qué debe entenderse por «último balance aprobado», si el que lo ha sido a la fecha del devengo del impuesto o, por el contrario, el cerrado cuando se presenta la autoliquidación del mismo.>

Sección Tercera

3 autos:

  1. ATS 8048/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <La forma de calcular el resultado neto por las actividades económicas durante el año 2019, a efectos de ser beneficiario de las ayudas previstas en el Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, cuando la entidad solicitante de la ayuda se encuentra acogida a la presentación del Impuesto de Sociedades fuera del ejercicio por año natural.>

  2. ATS 8046/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar cuál es el técnico competente -arquitecto y/o arquitecto técnico- para emitir el certificado que acredite las condiciones mínimas de seguridad y salubridad requeridas para la habitabilidad o uso al que se destina una edificación objeto del procedimiento para el reconocimiento de la situación de asimilado a fuera de ordenación.>

  3. ATS 8047/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar la posibilidad de aplicar el procedimiento de reintegro previsto en la Ley General de Subvenciones en la asignación de dotaciones económicas a grupos políticos de las corporaciones locales.>

Sección Cuarta

5 autos:

  1. ATS 8043/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <1º Determinar la naturaleza y alcance de la potestad del Alcalde-Presidente de fijar el orden del día de los asuntos que han de someterse a debate en el Pleno de la corporación local.

    2º En particular, si la exigencia de que previamente los asuntos hayan sido dictaminados, informados o sometidos a consulta de la Comisión Informativa, implica que se excluyan sólo los no informados o se extienda esta posibilidad también a los informados negativamente, todo ello desde la perspectiva del derecho a la participación política de los cargos públicos representativos.>

  2. ATS 8493/2025; ATS 8485/2025 y ATS 8486/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si, a través de una norma convencional, cabe excluir del cálculo de la retribución del personal estatutario el correspondiente al complemento por atención continuada durante el periodo de vacaciones anuales, cuando dicho complemento forma parte de la retribución ordinaria de los trabajadores conforme a la jurisprudencia de esta Sala.>

  3. ATS 8491/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si, con la finalidad de aplicar la extensión de efectos del fallo de una sentencia firme en materia personal, se ha de considerar que no concurre la identidad de situación jurídica a la del favorecido por el fallo, cuando el reconocimiento de una situación jurídica en la sentencia cuya extensión de efectos se pretende se haya producido en virtud de la técnica del doble silencio positivo, sin entrar en el fondo de la cuestión.>

Sección Quinta

15 autos:

  1. ATS 8040/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar qué condición se debe exigir a los técnicos que emiten informes en procedimientos de control urbanístico, en cuanto a su régimen jurídico, funcionarial o laboral, y su pertenencia a un determinado cuerpo o escala o basta una habilitación para el ejercicio de funciones diferentes y superiores a las del cuerpo o escala de pertenencia, todo ello en relación con la validez del acto administrativo adoptado con base en dichos informes.>

  2. ATS 8057/2025 aprecia interés casaciónal en una cuestión que ya está resuelta por las SSTS de 12, 14 y 22 de mayo de 2025 ( RCA 3473/2023, 2166/2023 y 5171/2023) en los siguientes términos:

    <[…] la retribución a satisfacer por la Administración al depositario profesional de un vehículo sin que exista contrato previo -cuando dicho depósito ha sido acordado en el seno de un procedimiento penal, con tasación de costas firme y se ha declarado la insolvencia del condenado- es el importe fijado en la tasación, aunque en el procedimiento penal no haya sido parte la Administración, y sin que pueda aplicarse para fijar el importe una Instrucción de la Administración demandada no publicada y que no tiene efectos frente a terceros.[…]»

    y que:

    «[…] en aquellos casos en que se haya producido un depósito de vehículo por orden judicial, sin mediar previo contrato al respecto, y se hayan tasado y fijado por el LAJ los gastos correspondientes a aquél a la vista de los justificantes presentados, alcanzando firmeza dicha tasación, la Administración subsidiariamente responsable no podrá oponerse al requerimiento de pago de tales gastos alegando la existencia de una Instrucción interna sobre tarifas por depósito, no publicada oficialmente, que no haya sido conocida ni consentida expresamente por la entidad depositaria.[…]>

  3. ATS 8064/2025 aprecia interés casaciónal en una cuestión que ya está resuelta por las SSTS nº 1.776/2022, de 21 de diciembre, 10/2023 y 12/2023, de 11 de enero y 38/2023, de 18 de enero, estimando los correspondientes recursos y otorgando a los recurrentes la protección temporal -ampliada en la Orden PCM/170/2022- regulada en la Directiva 2001/55/CE, del Consejo, de 20 de julio de 2001, relativa a las normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas y en el Reglamento sobre dicho régimen de protección temporal, aprobado por Real Decreto 1325/2003, de 24 de octubre.

  4. ATS 8041/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <-Determinar si los procedimientos de las consultas urbanísticas deben estar sujetos a un plazo máximo para resolver ex artículo 21.3 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    – Determinar si es conforme a Derecho el procedimiento establecido para las consultas urbanísticas sobre proyectos con soluciones prestacionales, regulado en el artículo 16 de la Ordenanza 6/2022, de 26 de abril, de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid.>

  5. ATS 8038/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si con ocasión de un recurso en el que se proceda a la impugnación indirecta de un instrumento de planeamiento urbanístico cabe fundarlo en la falta de publicación preceptiva del instrumento de planeamiento general del que traiga causa.>

  6. ATS 8077/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <La posible incidencia de la pendencia de la impugnación administrativa de la denegación de la solicitud de asilo en relación con la posible obtención por parte del solicitante de una autorización de residencia temporal por razones de arraigo laboral.>

  7. ATS 8039/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    a)Determinar el régimen que resulta de aplicación a la autorización de permanencia en España por razones humanitarias de las personas solicitantes de protección internacional establecido en el artículo 46.3 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.

    b)Determinar la naturaleza y efectos del tratamiento diferenciado que debe darse a las personas en situación específica de vulnerabilidad solicitantes de protección internacional prevista en el artículo 46 de la Ley 12/2009, desde la perspectiva tanto procedimental como sustantiva, en su caso; cuándo es preciso dicho tratamiento, y su trascendencia en relación con la posibilidad de obtención de una autorización de estancia por razones humanitarias prevista en el artículo 37 de la Ley 12/2009.>

  8. ATS 8042/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Interpretar el requisito establecido en el artículo 2.5 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de odernización de las Explotaciones Agrarias al definir al «agricultor profesional» consistente en que «la parte de renta procedente directamente de la actividad agraria de su explotación no sea inferior al 25 % de su renta total», a los efectos de determinar si para considerar como prioritaria una explotación asociativa ex artículo 5.b) inciso primero de la misma ley es necesario que ese porcentaje de al menos el 25 % de la renta total proceda directamente de la actividad agraria de la explotación que se pretende calificar como prioritaria o no.>

  9. ATS 8050/2025 y ATS 8489/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por la sentencia de 30 de enero de 2024, dictada en el recurso de casación 6178/2022:

    <En los casos de actuación ante los órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos unipersonales, la designación de procurador de oficio por parte del Colegio profesional a quien resulta ser beneficiario de asistencia jurídica gratuita, hace innecesario que dicha persona deba realizar el acto complementario de otorgamiento de la representación al referido profesional por medio de poder notarial o comparecencia apud actapara poder ser legalmente representado por dicho procurador ante los referidos órganos jurisdiccionales.»

  10. ATS 8051/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Reafirmar, complementar, matizar y, en su caso, corregir o rectificar la doctrina jurisprudencial establecida respecto al alcance de la prórroga extraordinaria de las concesiones demaniales existentes a la entrada en vigor de la Ley de Costas de 1988, solicitadas al amparo del artículo 2 de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, y la necesidad de tomar en consideración, con carácter previo a la resolución de aquella, los efectos que la ocupación tuviese para el medio ambiente.>

  11. ATS 8052/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si resulta de aplicación en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo el denominado mecanismo de la «prejudicialidad homogénea» regulado en el artículo 43 de la LEC cuando, para resolver sobre el objeto del litigio, sea necesario decidir acerca de alguna cuestión que, a su vez, constituya el objeto principal de otro proceso pendiente ante el mismo o distinto tribunal.>

  12. ATS 8490/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <i) si con motivo de la impugnación de una resolución que aprueba la revisión de un plan de restauración de una explotación minera se puede llevar a cabo un control jurisdiccional de la validez o vigencia de la DIA emitida con carácter previo al inicio de aquella explotación; (ii) si resulta equiparable la suspensión de una actividad o ejecución de un proyecto por un periodo superior a los 6 años que prevé la disposición transitoria 1.º.3 de la LEA (o al plazo que prevé el artículo 43.1 de la LEA para un proyecto aprobado tras la entrada en vigor de la norma) al hecho de no haberse iniciado la ejecución del proyecto o actividad por ese tiempo.>

  13. ATS 8049/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Reafirmar, aclarar o matizar el criterio sentando por la sentencia de esta Sala de 29 de marzo de 2022 (RC 3993/2021), sobre la posibilidad de que se declare en sentencia el derecho a la concesión de la nacionalidad española cuando no consten en el expediente el certificado de antecedentes penales en España y demás informes que deba emitir el Ministerio del Interior referidos a la buena conducta cívica.>

  14. ATS 8495/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Reafirmar, complementar, matizar y, en su caso, corregir o rectificar la doctrina jurisprudencial que establece que cuando en el recurso contencioso-administrativo haya recaído sentencia, carecerá de sentido acordar una medida cautelar o revisar su procedencia, produciéndose la desaparición sobrevenida del objeto de los recursos de apelación/casación, que se hubieren formulado frente a las resoluciones recaídas en incidentes cautelares dimanantes de aquel.>

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