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En las siguientes lineas los veintiséis Autos de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo publicados en el Cendoj entre el 10 y el 28 de diciembre de 2023.

Autos

Sección Segunda

Ocho Autos de Admisión asignados a la Sección Segunda.

  1. ATS 16701/2023 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar, a la luz del principio de primacía del Derecho de la Unión Europea -puesto de manifiesto en la STJUE de 17 de enero de 2013 (asunto C-360/11 , Comisión c. Reino de España); así como de la prohibición del denominado efecto vertical inverso de las Directivas, si es de aplicación el tipo reducido del IVA al material desechable para análisis clínicos, destinado en exclusiva a su utilización en examen in vitro , al entender que, objetivamente, sólo puede utilizarse para prevenir, diagnosticar, tratar, aliviar o curar enfermedades o dolencias de los seres humanos o de los animales.>

  2. ATS 16696/2023 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si, en interpretación del artículo 33.5.c) LIRPF , procede reconocer las pérdidas patrimoniales declaradas, debidas a transmisiones lucrativas por actos inter vivos o liberalidades, cuando, en unidad de acto, se celebraron otras donaciones y computado las ganancias patrimoniales también declaradas, esto es, otras donaciones inmobiliarias de la misma fecha y en favor de los mismos donatarios, de modo que solo sería admisible el reflejo de las ganancias obtenidas en unas y la improcedencia de declarar las pérdidas, en otras.>

  3. ATS 16697/2023 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <1.1. Determinar si el artículo 33, apartados 1 y 5, de la LIRPF exige, o no, justificar la existencia de un negocio jurídico para acreditar la alteración en la composición del patrimonio, base de una pérdida patrimonial.

    1.2. Aclarar si el contribuyente está obligado a aportar justificación adicional sobre la operación subyacente a la declaración de baja de los títulos certificada por la entidad financiera.

    1.3. Precisar si debe ser la Administración tributaria la que desvirtúe la imputación efectuada en la autoliquidación, consignando una pérdida patrimonial -por la baja de valores en una cartera de inversión-, considerando que tiene en su poder información sobre la composición y valoración de las cuentas de valores, proporcionada por las entidades depositarias.>

  4. ATS 16776/2023 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por, entre otras, las Sentencias de 10 de julio de 2023 (rec. 5181/2022, ECLI:ES:TS:2023:3294) y de 12 de julio de 2023 (rec. 4701/2022, ECLI:ES:TS:2023:3100) -asunto impugnaciones de liquidaciones provisionales o definitivas por Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana-.

  5. ATS 16699/2023 y ATS 16695/2023 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si resulta procedente una alteración catastral derivada de la constitución del régimen de propiedad horizontal por el propietario único de un edificio, en los casos en que éste no ha iniciado la venta de los distintos pisos o locales resultantes de la división, ni ha manifestado la intención de venderlos, por ser otro el destino asignado al inmueble.>

  6. ATS 16728/2023 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar cuál es el momento a partir del cual cabe aplicar la reducción en la base imponible del IRPF en concepto de pensiones compensatorias a favor del cónyuge: si desde la fecha en que se suscribe el convenio regulador entre las partes o a partir de que se dicta la sentencia que lo ratifica.>

  7. ATS 16380/2023 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si la realización por parte de la Inspección Tributaria, en el marco de la entrada en el domicilio constitucionalmente protegido, de cualesquiera actuaciones no previstas en la autorización judicial, y en concreto, los interrogatorios a los empleados de la entidad recurrente en el domicilio de la misma, vulnera el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio, el derecho a un proceso con todas las garantías, o el derecho de defensa, ello en el marco de una liquidación vinculada a delito.>

Sección Tercera

Seis Autos de Admisión asignados a la Sección Tercera.

  1. ATS 16384/2023, ATS 16382/2023, ATS 16383/2023, ATS 16381/2023 y ATS 16700/2023 admiten los recursos sobre una cuestión en la que ya existe doctrina casacional fijada, en concreto la que sigue:

    <La acción de resarcimiento o restitución, basada en el principio general del Derecho Administrativo que prohíbe el enriquecimiento injusto o sin causa, no resulta directamente aplicable a aquellos supuestos en que la Administración concedente de un servicio público exige a la empresa concesionaria el reintegro de aquellas cuantías que fueron previamente satisfechas en concepto de compensación por el incremento de los costes de los carburantes, con base en las cláusulas del propio título concesional, como consecuencia de soportar el gravamen del Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, cuyo establecimiento fue ulteriormente declarado incompatible con el Derecho de la Unión Europea en sentencia de 27 de febrero de 2014, invocado como fuente de la obligación de restituir la presunción consistente en la mera posibilidad de carácter aleatorio de que la concesionaria podría instar el procedimiento tributario de devolución de ingresos indebidos incoado frente a la Hacienda Pública, o ejercitar la acción indemnizatoria de responsabilidad patrimonial del Estado legislador, si no se acredita el presupuesto de la existencia de aumento patrimonial o la transferencia o desplazamiento del valor patrimonial en favor del presuntamente enriquecido sin justo título>.

  2. ATS 16375/2023 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <1) interpretar el artículo 155 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante -aprobado por R.D. Legislativo 2/2011- y los artículos 134 y 149 de la Ley 33/2010, de 5 de agosto, a los efectos de aclarar si los condicionantes y obligaciones legalmente impuestas a las empresas estibadoras y a la SAGEP conlleva que los acuerdos suscritos están exentos de la aplicación de la Ley de Defensa de la Competencia en virtud de su artículo 4.1, y, en consecuencia, no puede operar el tipo infractor de los artículos 1 LDC y 101 TFUE; y (2), en su caso, interpretar el artículo 26.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que recoge el principio de irretroactividad, a fin de determinar si el Real Decreto-ley 8/2017, de 12 de mayo, que da cumplimiento a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11 de diciembre de 2014 (asunto C-576/13), al volver a incardinar como actividad propia de la estiba el embarque y desembarque de vehículos sin matricular, permite concluir que los hechos investigados constituyen una conducta contraria al artículo 1 de la LDC y 101 del TFUE en el momento de su realización.>

Sección Cuarta

Doce Autos de Admisión asignados a la Sección Cuarta.

  1. ATS 16379/2023 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <1º) Si dado el contenido y la finalidad de la Orden General nº 4, de 12 de febrero de 2021, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se regulan los incentivos al rendimiento del personal de la Guardia Civil, esta ha de ser calificada como un acto administrativo con pluralidad de destinatarios, o si se trata de una disposición general de carácter reglamentario, o si pudiera calificarse como una categoría intermedia entre las dos anteriores.

    2º) En el caso de que dicha Orden General sea calificada, en todo o en parte, como disposición de carácter general, si tiene el rango jerárquico adecuado para desarrollar la regulación que incorpora, si se ha seguido y observado el procedimiento establecido para su elaboración y si ha sido suscrita por autoridad competente para ello.

    3º) Y si se entiende que resulta jurídicamente posible sostener que la Orden General tan citada no es propiamente un acto administrativo pero tampoco un reglamento, determinar cuál sería su naturaleza jurídica y cuáles las normas aplicables a su procedimiento de elaboración y aprobación.>

  2. ATS 16369/2023 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Interpretar el artículo 16.4 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades para determinar si, a efectos de reconocer la compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas al personal que desempeñe puestos de trabajo que comporten la percepción de complementos específicos, o concepto equiparable, cuya cuantía no supere el 30 por 100 de su retribución básica, ha de considerarse la suma global percibida en tal concepto o únicamente aquella parte del mismo que retribuya, específicamente, las especiales condiciones del puesto de trabajo, su penosidad o dificultad.>

  3. ATS 16378/2023 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si las dietas abonadas por las empresas transportistas a los trabajadores, que compensan por los gastos soportados por el propio trabajador como consecuencia de los desplazamientos a los que le obliga el desarrollo de su puesto de trabajo, para quedar excluidas de la base de cotización de cuotas en el Régimen General de la Seguridad Social, requieren, o no, prueba del gasto previo realizado por dicho trabajador.>

  4. ATS 16377/2023 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si cabe estimar una pretensión de plena jurisdicción encaminada al reconocimiento del derecho al sexenio de transferencia cuando, a la vista de las pruebas practicadas, el órgano judicial llega al convencimiento de que se ha de revisar el juicio de valoración emitido, o si, por el contrario, se han de retrotraer las actuaciones con la finalidad de que, al amparo de la discrecionalidad técnica del órgano evaluador, se emita nuevo informe con la correspondiente valoración respecto de la actividad investigadora.>

  5. ATS 16371/2023 y ATS 16693/2023 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si, a los efectos del contenido de la motivación para el control de la discrecionalidad técnica en los procesos selectivos, cuando en las bases se contemple que la calificación de un ejercicio será la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del tribunal, es necesario incorporar esas calificaciones individuales al expediente del proceso selectivo.>

  6. ATS 16374/2023 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar la extensión de la revisión de oficio de los actos administrativos que resuelven procesos selectivos de personal al servicio de las Administraciones Públicas, y, en concreto, en el caso de alegarse la igualdad, determinar si debe acreditarse un trato discriminatorio en las normas o en su aplicación. Además de la determinación, en su caso, de las facultades del órgano jurisdiccional para determinar la puntuación con motivo de la impugnación del acto de inadmisión de la revisión de oficio.>

  7. ATS 16372/2023 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si puede considerarse que existe relación de causalidad a los efectos del artículo 47.2 de la Ley de Clases Pasivas de Estado, entre las patologías psicológicas reactivas a las lesiones físicas derivadas de accidente in itinere.>

  8. ATS 16373/2023 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión ya resuelta por la Sala Tercera en los siguientes términos:

    <En los concursos de traslados regulados por el Real Decreto 1364/2010, la valoración de los servicios prestados como funcionario de carrera, personal fijo, y como funcionario interino o personal de duración determinada, no pueden ser objeto de valoración diferente, ya sea obviando el trabajo desarrollado por los funcionarios interinos, ya sea confiriendo al mismo menor puntuación, siempre y cuando se refieren a los mismos puestos de trabajo mediante la realización de las mismas o asimiladas funciones. La solución contraria a la expuesta supondría incurrir en un trato discriminatorio que proscribe la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, a tenor de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en los términos expuestos en el fundamento anterior.>

  9. ATS 16742/2023 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <i) Determinar si la visita de inspección por la Tesorería General de la Seguridad Social es el dies a quo del procedimiento, a efectos de computar los nueve meses del artículo 21 de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección.

    ii) Delimitar los supuestos en los que las omisiones e inexactitudes constatadas en las declaraciones del beneficiario permiten la revisión de oficio por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social.>

  10. ATS 16385/2023 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Teniendo en cuenta la distribución competencial en la materia, interpretar el artículo 6 del RDL 16/2012 de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones en lo referido a:

    (i) si el computo de plazas en régimen de asistidos debe entenderse con el mismo carácter básico que el resto del precepto y, en consecuencia, obliga a las normas autonómicas de desarrollo

    (ii) si las previsiones en relación con los hospitales del sector público o privado son también extensibles a los centros sociosanitarios públicos o privados y

    (iii) Si resulta posible que la normativa autonómica acote la selección de medicamentos a dispensar a la población institucionalizada a través de una lista farmacoterapéutica.>

  11. ATS 16370/2023 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Que se determine si la toma de posesión en una plaza como personal estatutario fijo por persona que previamente ostentaba la condición de personal a extinguir impide el reconocimiento de la situación de excedencia por prestación de servicios en el sector público cuando se trata de mantenerse en la plaza a extinguir originaria.>

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