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Los cincuenta Autos de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo publicados en el Cendoj del 19 de enero al 1 de febrero.

Sección Segunda

Trece Autos:

  1. ATS 15577/2024; ATS 87/2025 y ATS 327/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    <1) Determinar si el aprovechamiento especial del dominio público, permitido a través de la autorización municipal de reserva de aparcamiento para la carga y descarga de mercaderías en la vía pública constituye un hecho imponible del impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas, en aplicación de los artículos 7.1.B) y2) 13.2. TRITPAJD.

    2) Precisar si la equiparación que efectúa el artículo 13.2 del Texto refundido entre las concesiones administrativas -en la medida en que, a través de ellas, se constituye un verdadero derecho realin re aliena inscribible registralmente – y las autorizaciones para el aprovechamiento especial de los bienes de dominio público -en este caso reserva de aparcamiento para la carga y descarga de mercaderías en la vía pública – permite o no interpretar el precepto en el sentido extensivo de que cualquier aprovechamiento especial que recaiga sobre el demanio, por sí solo, origina un desplazamiento patrimonial a favor del autorizado, a efectos de su gravamen.

    3) Identificar, en caso de responderse afirmativamente ambas preguntas precedentes, en qué consistiría el desplazamiento patrimonial de facultades del dominio público en favor del titular del establecimiento, autorizado al uso común especial mediante un acto de autorización -más allá del propio uso a que la autorización faculta.>

  2. ATS 46/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por las Sentencias de 8 y 22 de julio de 2024 (casación 4232/2021 y 4887/2021, respectivamente) en los siguientes términos:

    <El artículo 14.1.a), primera frase, de la Directiva 2003/96/CE, constituye una exención directa y no voluntaria para los Estados miembros, suficientemente precisa e incondicionada, que está dotada de efecto directo vertical ascendente, y que la eliminación de esta exención obligatoria, introducida por la Ley 15/2012, de Medidas Fiscales para la sostenibilidad energética, en relación con el gas natural utilizado para producir electricidad o a la cogeneración de electricidad y calor, no se fundamenta en los motivos de política medioambiental que requiere el art. 14.1.a), segunda frase, de la Directiva 2003/96/CE.>

  3. ATS 90/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si, cuando se declaran en el Impuesto de Sociedades los ingresos generados por un bien no afectado a la actividad principal de la sociedad contribuyente, son deducibles los gastos derivados de la titularidad del mismo elemento patrimonial porque se cumple el principio de correlación con los ingresos.>

  4. ATS 88/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por la Sentencia de 12 de abril de 2024 (recurso núm. 8830/2022) en los siguientes términos:

    <En interpretación del artículo 33.5.c) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, no procede computar, a efectos de este impuesto, las pérdidas patrimoniales declaradas debidas a transmisiones lucrativas por actos inter vivos o liberalidades, aunque en unidad de acto se computen las ganancias patrimoniales también declaradas, derivadas de ese mismo tipo de transmisiones>

  5. ATS 99/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si una Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación de una urbanización ostenta la condición de interesada y tiene derecho al trámite de audiencia en relación con el procedimiento de subsanación de discrepancias, por el que se modifican las superficies catastrales de las parcelas incluidas en su ámbito de actuación y con las que se distribuyen las cuotas de conservación.>

  6. ATS 89/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si resulta de aplicación lo dispuesto en la letra a) del artículo 14.2 del RGRVA a aquellos supuestos en los que el obligado a retener insta la devolución de las retenciones efectivamente practicadas que han sido declaradas indebidas, sin que proceda analizar, a tal efecto, si aquellas retenciones fueron deducidas o no por quienes las soportaron dado que, siendo indebida la retención, también ha de serlo, en su caso, la deducción de dicha retención; o si, por el contrario, en estos casos, deben aplicarse las previsiones de la letra b) del citado precepto que, entre otros aspectos, establece que no procederá restitución alguna cuando el importe de la retención, declarada indebida, hubiese sido deducido en una autoliquidación.>

  7. ATS 50/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por la sentencia dictada en el rec. de casac. 6321/2020 en los siguientes términos:

    <[…] El dies a quo del plazo de prescripción de la potestad de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias a los responsables solidarios por estar incursos en la causa legal del art. 42.2 LGT -expresión legal, la de exigir el pago, que comprende el plazo para declarar la responsabilidad solidaria- comienza a correr desde que ocurran los hechos que constituyan el presupuesto de tal responsabilidad, esto es, desde que los actos de transmisión u ocultación tuvieron lugar, con independencia del momento en que tenga lugar la declaración relativa a la obligación principal de la que aquélla es subordinada.>

  8. ATS 98/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por la sentencia dictada en el rec. de casac. 209/2023 en los siguientes términos:

    <No cabe promover la alteración catastral con base en el otorgamiento unilateral del título por el propietario único del edificio destinado a alquiler, hasta que no concurran los elementos constitutivos exigidos, en concreto hasta que no existan varios propietarios.>

  9. ATS 100/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por la sentencia de 10 de julio de 2023 (rec. nº 5181/2022) -asunto situaciones consolidadas IIVTNU-

  10. ATS 331/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por las sentencias de 14 y 19 de julio de 2023, así como por la de 12 de julio de 2024. Sentencias en la que se fijó la siguiente doctrina:

    <Como síntesis de todo lo expuesto, debemos fijar la siguiente doctrina jurisprudencial sobre la primera cuestión de interés casacional: un elemento esencial de la tasa, como es el tipo de gravamen, que se aplica sobre otras magnitudes para el cálculo de la cuota tributaria, debe aparecer claramente determinado en la propia ordenanza o en los anexos publicados junto con la misma, conforme al art. 16.1.a) y art. 17.4 del TRLHL.

    Y respecto a la segunda cuestión, y partiendo del dato cierto de que la Ordenanza no diferencia entre utilización privativa y aprovechamiento especial y que, por consiguiente, tanto una como otra forma de utilización del dominio público están sometidas a los mismos parámetros, se vulnera la obligada diferenciación entre la determinación de la carga impositiva a tenor de la diferente intensidad que implican utilización privativa y aprovechamiento especial.>

  11. ATS 332/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Precisar si la emisión de la doctrina sentada en las Sentencias de esta Sala de 30 de mayo de 2023, rec. casación 1602/2022 y 2323/2022, que considera aplicable el régimen de paralización de industrias del apartado 4 de la regla 14 del Real Decreto Legislativo 1175/1990 a los supuestos de paralización de actividad y el cierre de establecimientos ordenada por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, permite dejar sin efecto una liquidación firme del Impuesto sobre Actividades Económicas y la devolución de lo ingresado en concepto de cuota de este tributo por la parte proporcional al tiempo en que se cesó en la actividad en el año 2020, fuera de los procedimientos contemplados en el artículo 221.3 de la Ley General Tributaria.>

Sección Tercera

Once Autos:

  1. ATS 78/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <i) Determinar la naturaleza permanente -o no- de las infracciones en materia de seguridad del tratamiento de los datos personales previstas en el artículo 32 del RGPD, y (ii) determinar si la obligación de notificar a la autoridad de control en caso de violación de la seguridad de los datos personales superado el plazo de 72 horas, debe ser calificado como una infracción grave o leve.>

  2. ATS 76/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si forman parte del procedimiento de reintegro los informes de verificación previstos en el artículo 13 del Reglamento (CE) nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, a los efectos de verificar el cumplimiento del plazo máximo de 12 meses para resolver y notificar la resolución del procedimiento de reintegro previsto en el artículo 42.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.>

  3. ATS 84/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <1. Determinar si el hecho de que los ingresos procedentes de una actividad económica sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional es o no un elemento excluyente de la habitualidad de dicha actividad a efectos de dar por cumplidos los requisitos exigidos para concluir la procedencia del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

    2. En caso afirmativo, precisar si la cuantía que ha de considerarse a efectos del cálculo de aquellos ingresos ha de ser la cuantía bruta o la neta.>

  4. ATS 77/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si la práctica de la Administración consistente en establecer una cláusula de concesión demanial de «arraigo territorial» respecto de las clases de esquí es contrario a la competencia, y si la Administración puede ser sancionada por el hecho de haber incluido una cláusula en tal sentido.>

  5. ATS 91/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si, en un supuesto de retraso en el cumplimiento del plan de financiación aprobado por la Administración, cabe o no la aplicación del artículo 1110 del Código Civil en cuanto a la procedencia de intereses que se reclamen a la Administración, cuando tiene lugar después de haberse recibido el principal sin reserva de intereses.>

  6. ATS 92/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Matizar, concretar, reforzar o, en su caso, corregir la jurisprudencia, a fin de determinar si el principio de proporcionalidad puede modular el incumplimiento del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social para resultar beneficiario de una subvención, y, en caso afirmativo, en qué condiciones.>

  7. ATS 108/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <(i) Si en un procedimiento sancionador seguido ante la Comisión Nacional de la Competencia, es aplicable la regla contenida en el artículo 89.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sobre el procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y anteriormente en el artículo 20 del derogado Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, que dispone que el importe de la sanción es parte esencial del contenido de la propuesta de resolución, o por el contrario resulta aplicable el artículo 34 del Reglamento de Defensa de la Competencia que no menciona expresamente el importe de la sanción entre los extremos que debe contener la propuesta de sanción; y (ii) si, acreditada la existencia de un plan común para el desarrollo de la actividad anticompetitiva, como así lo ha considerado la sentencia recurrida, los lapsos temporales transcurridos entre las conductas infractoras acreditadas enervan o no la calificación como continuada de la infracción, y las consecuencias que ello pueda tener sobre la prescripción.>

  8. ATS 370/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si la omisión de informes de impacto preceptivos (de género, de infancia, etc.) en la elaboración de una ordenanza municipal debe determinar la nulidad de todo el texto de la misma o, por el contrario, la nulidad puede limitarse a aquellas normas de la ordenanza municipal que inciden directamente sobre la materia que es propia de tales informes, tal como parece desprenderse de la sentencia de esta Sala n.º 490/2022.>

  9. ATS 328/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si, conforme a la normativa existente contenida en el artículo 23.3 c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, la Disposición Final 4.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como en el artículo 15.3 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, los representantes sindicales tienen derecho a acceder a la información pública relativa a las cantidades que perciba cada funcionario en concepto de complemento de productividad.>

  10. ATS 329/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si el otorgamiento por las administraciones públicas de determinadas subvenciones exclusivamente a los centros especiales de empleo de iniciativa social es discriminatorio o no.>

  11. ATS 330/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo:

    <i) En determinar si la presentación de documentación justificativa de los gastos en el trámite de audiencia del procedimiento de reintegro, previsto en el artículo 42.3 LGS, subsana o no la falta de la presentación de dicha documentación en el plazo previsto en la convocatoria de la subvención;

    y (ii), en caso negativo, determinar, a la luz de la jurisprudencia de esta Sala contenida, entre otras, en la STS de 8 de mayo de 2023 -RCA 6094/2021-, si el principio de proporcionalidad es aplicable únicamente en casos de incumplimientos de los objetivos o fines para los que la subvención fue concedida, o es aplicable también en casos de incumplimientos de requisitos formales>

Sección Cuarta

Once Autos:

  1. ATS 15079/2024 aprecia interés casacional en una cuestión que ya está resuelta por la sentencia n.º 936/2024, de 28 de mayo, dictada en el recurso de casación n.º 2203/2023 -prueba psicotécnica en los procesos selectivos de acceso al CNP-

  2. ATS 95/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si la compensación económica prevista en el artículo 2.6 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, resulta aplicable, exclusivamente, a los supuestos de funcionarios interinos que han visto finalizada su relación con la Administración por la no superación del tercer proceso selectivo de estabilización, o si resulta también aplicable a los funcionarios interinos que han visto finalizada su relación con la Administración por la no superación del primer y segundo proceso de estabilización con convocatorias ya publicadas antes de la entrada en vigor de la Ley 20/2021.>

  3. ATS 82/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si la no inclusión de la reserva de un cupo de plazas para personas con discapacidad en el procedimiento excepcional de estabilización del empleo temporal de larga duración en los cuerpos docentes no universitarios, en los que, el sistema de selección ha de ser concurso de méritos, vulnera el artículo 59 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.>

    La cuestión está resuelta por las Sentencias del Tribunal Supremo n.º 164/2024 y 1273/2024, pero el Tribunal Supremo admite a trámite el recurso porque el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco no ha resuelto conforme a esa doctrina.

  4. En similares términos, el ATS 102/2025.

  5. ATS 83/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si una organización sindical tiene derecho a que la Administración le facilite información sobre las comisiones de servicio y sus prórrogas concedidas al personal al servicio de dicha Administración.

    En caso afirmativo, si la legislación sobre protección de datos personales puede condicionar o limitar la información que, en su caso, se haya de suministrar a la organización sindical.>

  6. ATS 111/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si, atendidos los términos de la Disposición Adicional 2ª del Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Organización Nacional de Trasplantes, cabe condicionar la aplicación del sistema de carrera profesional del personal estatutario de la Organización Nacional de Trasplantes y los efectos retributivos que puedan derivar del mismo, a la adopción de medidas organizativas mediante resolución de su presidente.>

  7. ATS 103/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Cuando determinadas cláusulas abusivas de los derechos de los consumidores y usuarios se introduzcan en las condiciones generales de contratación fijadas por una persona jurídica con domicilio social en una Comunidad Autónoma distinta de otras en cuyos territorios se formalicen después singulares contratos en que sea parte esa misma persona jurídica y en los que imponga la asunción de aquellas cláusulas, y dando por supuesto que aquella introducción es constitutiva de una infracción administrativa y, también, que las dos Comunidades Autónomas (la del domicilio social y la del lugar en que se formaliza el contrato) tienen atribuida competencia sancionadora en materia de protección de los derechos de los consumidores y usuarios, se trata de determinar si tal competencia sólo puede ser ejercida por la Comunidad Autónoma en la que se halla el domicilio social, o si, por el contrario, puede serlo también, sin vulnerar con ello el principio «non bis in idem», por aquella o aquellas en cuyo territorio se celebró el concreto contrato en el que se incluyeron la o las cláusulas abusivas.>

  8. ATS 85/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si el plazo de tres años previsto en el artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público, cuyo texto refundido fue aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, debe entenderse cumplido cuando se desarrolle íntegramente el proceso selectivo dentro del mismo o, por el contrario, si es suficiente para reputarlo observado con que la Administración publique la convocatoria del proceso selectivo.>

  9. ATS 107/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si las ofertas de empleo público dictadas en aplicación de la estabilización de empleo temporal prevista en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad el empleo público, tienen el carácter de disposición de carácter general.>

  10. ATS 336/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si las medidas que promueven el funcionamiento administrativo de los municipios en euskera infringen el principio de cooficialidad por resultar excluyentes o desproporcionadas en relación con el uso del castellano.>

  11. ATS 337/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si la caducidad declarada respecto de un interesado concreto puede implicar la caducidad total del expediente de declaración de bien de interés cultural que afecta a múltiples particulares>

Sección Quinta

Quince Autos:

  1. ATS 15073/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Cómo deben interpretarse las limitaciones a los usos en zonas de flujo preferente, especialmente el concepto de aumento de la vulnerabilidad, establecidas en la normativa de aguas, en relación con edificaciones existentes.>

  2. ATS 80/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si los hijos de nacidos en el Sáhara Occidental durante la etapa en que este se hallaba bajo autoridad española pueden acogerse a la autorización de residencia temporal por razones de arraigo familiar prevista actualmente en el artículo 124.3.c) del Reglamento de la Ley de extranjería (anterior apartado b)>

  3. En similares términos el ATS 69/2025, que aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Determinar si a los efectos del régimen jurídico de la autorización excepcional de residencia por arraigo familiar del Reglamento de la Ley de Extranjería – artículo 124.3.c) RD 557/2011- puede considerarse que son o han sido nacionales españoles de origen las personas nacidas en el Sáhara Occidental antes de su descolonización.>

  4. ATS 71/2025; ATS 235/2025 y ATS 73/2025 aprecian Interés Casacional en una cuestión que ya está resuelta en los siguientes términos:

    <«[…] de conformidad con el artículo 46 de la Directiva 2013/32, el derecho a un recurso judicial efectivo conlleva que el solicitante a quien la Administración ha denegado la protección internacional obtenga, en el recurso jurisdiccional interpuesto contra dicha decisión, un pronunciamiento que, como regla general, reconozca durante su pendencia el mantenimiento inalterado de su estatuto como solicitante de asilo y, por tanto, su autorización para permanecer en España hasta que se resuelva dicho recurso y a que durante esa permanencia disfrute de las condiciones de acogida contempladas en la Directiva 2013/33; y sólo como excepción a esa regla general que deriva del artículo 46.5, podrá no reconocerse automáticamente ese derecho a permanecer en el territorio cuando concurra alguno de los supuestos que se detallan en el artículo 46.6, fundamentalmente, solicitudes manifiestamente infundadas o inadmisibles -que no se alejan en lo sustancial de los así denominados en nuestra ley de asilo-, en los que el órgano jurisdiccional deberá valorar si el solicitante puede o no permanecer en el territorio de acogida. Por tanto, en el análisis de la tutela cautelar que conlleva el derecho a un recurso efectivo se impone al órgano jurisdiccional un juicio de ponderación que determine si nos encontramos ante el primer caso, artículo 46.5, regla general, o ante la excepción del artículo 46.6, teniendo presente en este último caso que se trata de excepciones a una regla general y, por tanto, de interpretación estricta, y que su concurrencia ha de analizarse de forma sólo indiciaria, sin adelantar el juicio de fondo, por lo que el supuesto de excepción a la regla general deberá concurrir de manera clara y ostensible, sin que baste cualquier supuesto en el que puedan no reunirse los requisitos para obtener la protección internacional, pues ello convertiría en regla general la excepción y excedería de los márgenes de conocimiento limitado del incidente. […]>

  5. ATS 79/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <La incidencia de la percepción de prestaciones por incapacidad laboral transitoria al solicitar la renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.>

  6. ATS 81/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Reafirmar, reforzar, complementar, y, en su caso, matizar, nuestra jurisprudencia sobre el régimen competencial municipal en materia de limpieza de residuos sólidos urbanos, conservación y mantenimiento de cauces de ríos a su paso por el término municipal, incluidas las zonas no urbanizables, a los efectos de incurrir en responsabilidad sancionadora en materia de dominio público hidráulico.>

  7. ATS 93/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <(i) Determinar si un instrumento de ordenación urbanística provisional que rescata las previsiones contenidas en un instrumento de planificación general anterior comporta nuevas demandas de recursos hídricos, a los efectos de lo establecido en el artículo 25.4 del TRLA, cuando se ha producido un descenso de población en el municipio en el periodo que media entre ambos instrumentos de planificación.

    (ii) Determinar si existe la posibilidad de declarar la nulidad parcial del instrumento de planeamiento cuando sea posible individualizarse una concreta zona o sector de modo que las determinaciones declaradas nulas no afecten al resto del territorio planificado.>

  8. ATS 96/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Cómo debe computarse el plazo de tres días sin que el destinatario de un acto de comunicación por medios electrónicos, informáticos y similares acceda a su contenido y, vinculado al cómputo del plazo anterior, determinar hasta qué día y hora se dispondrá de plazo para presentar la correspondiente demanda en el seno de un procedimiento contencioso-administrativo.>

  9. ATS 97/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Reafirmar, reforzar, complementar, y, en su caso, matizar, nuestra jurisprudencia sobre el régimen jurídico de las medidas cautelares en sede jurisdiccional en relación con las declaraciones responsables, las comunicaciones previas y los actos administrativos que declaran su ineficacia.>

  10. ATS 408/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si a los efectos de tener por debidamente acreditado el intento de notificación de las resoluciones administrativas dictadas en el marco de un procedimiento iniciado de oficio, resulta exigible que en la documentación acreditativa del mismo consten, además de la identificación del expediente, la fecha, la identidad y el contenido del acto a notificar.>

    La cuestión está resuelta por la STS n.º 1157/2022, de 19 de septiembre (RC n.º 5522/2020), pero se admite el recurso por apartarse el TSJ de la doctrina sentada por el Tribunal Supremo.

  11. ATS 94/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si los plazos previstos en el artículo 59 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, respecto a la elaboración y aprobación los planes de conservación y de recuperación para las especies amenazadas terrestres, son exigibles a las comunidades autónomas, o esta exigencia solo opera para la Administración General del Estado y una vez que una especie se ha incluido en el Catálogo Español de Especies Amenazadas.>

  12. ATS 333/2025 y ATS 334/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas exime de culpabilidad o de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales, en la realización de vertidos que incumplan la normativa vigente, desde el punto de vista del Derecho Administrativo sancionador; todo ello teniendo presente lo dispuesto en la STS de 29 de julio de 2021 (recurso contencioso-administrativo n.º 223/2020).>

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