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Los 89 Autos de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo publicados en el Cendoj del 13 de abril al 4 de mayo de 2025.

Sección Segunda

Quince Autos:

  1. ATS 4107/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Discernir si, a los efectos de determinar la base imponible del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, cabe emplear para su cálculo, por remisión, la declaración realizada anteriormente en la base imponible del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, equiparando las magnitudes que contemplan, respectivamente, los artículos 103 TRLH y 30 TRLITPAJD, en relación con el artículo 70 del Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo , por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.>

  2. ATS 4111/2025; ATS 4112/2025 y ATS 4109/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si, a los efectos del cálculo de la base de la sanción prevista en el artículo 191 de la Ley General Tributaria en aquellos supuestos en los que, a pesar de producirse la conducta típica, se concluye que la recurrente tenía derecho a la devolución de todas o parte de las cuotas que fueron indebidamente repercutidas, debe minorarse la referida base de la sanción en consideración a los eventuales derechos de devolución del obligado tributario o, por el contrario, no debe reducirse la misma al no desplegar ningún efecto el principio de íntegra regularización sobre las bases de las sanciones asociadas en un caso de deducción indebida de cuotas de IVA.>

  3. ATS 4113/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por la STS de 17 de abril de 2024 (RCA 8984/2022), donde se concluyó:

    <Dicho lo anterior hemos de responder a la cuestión de interés casacional fijando como doctrina que el sintagma «actividad industrial» contenido en el artículo 98.1.f) de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre de Impuestos Especiales , a los efectos de poder disfrutar de la reducción en la base imponible del Impuesto sobre la Electricidad, debe interpretarse a la luz de la Directiva 2003/96/CE del Consejo de 27 de octubre de 2003 por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad en atención al contexto y finalidad buscada, restringiendo la reducción de la base imponible el legislador nacional a la actividad industrial que se define en la norma administrativa a propósito y con carácter general, art. 3 de la 21/1992, de Industria.>

  4. ATS 4116/2025; ATS 4120/2025; ATS 4119/2025; ATS 4117/2025; ATS 4118/2025 y ATS 4115/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    <2.1.Determinar interpretando los artículos 85 y 86 del TRLHL y la regla 17ª TIIAE en qué consisten las facultades del Ayuntamiento exactor en el que radique la mayor parte las explotaciones en las que se ejerzan las actividades de extracción de petróleo, gas natural y captación de agua que radiquen en más de un término municipal para liquidar, exaccionar y distribuir el IAE correspondiente a dichas instalaciones.

    2.2.En el caso de que la respuesta a la anterior pregunta fuera que las facultades de liquidar, exaccionar y distribuir tienen contenido propio, aclarar si en la liquidación que se practique por el concepto de IAE sobre las cuotas municipales fijadas en las tarifas del impuesto se aplicará, en todo caso, un coeficiente de ponderación, determinado en función del importe neto de la cifra de negocios del sujeto pasivo, sin perjuicio de la obligación del Ayuntamiento exactor de distribuir entre todos los demás el importe de dicha cuota ponderada, en proporción a la superficie que en cada término municipal ocupe la instalación o local de que se trate.

    2.3.Precisar si para determinar la cuota tributaria a la que tiene derecho cada uno de los ayuntamientos implicados deben ser aplicados, sobre la cuota ponderada distribuida, los coeficientes de situación y las bonificaciones previstas en sus respectivas Ordenanzas.>

  5. ATS 4108/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Precisar si la aplicación del método del precio libre comparable para determinar el valor de mercado de operaciones vinculadas permite la introducción de elementos ajenos a la transacción analizada; y en particular, precisar si en relación con las operaciones de financiación efectuadas en un sistema de tesorería centralizada (cash pooling) por un grupo societario multinacional, dicho método exige: (i) que el tipo de interés de las cantidades aportadas y de las cantidades percibidas por las entidades participantes sea simétrico; y (ii) que la calificación crediticia aplicable a las operaciones de préstamo sea la del grupo societario y no la de la entidad prestataria.>

  6. ATS 4110/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Reforzar o completar la jurisprudencia existente sobre si, previamente valorados los intereses en conflicto por parte de la Administración tributaria demandada, la cual ya había acordado la suspensión de la ejecución de la deuda al aportarse garantía suficiente, se compadece con los principios de seguridad jurídica y buena administración que, en vía judicial, se deniegue el mantenimiento de la suspensión concedida sin que haya existido una variación en las circunstancias del impugnante, ni tampoco de las garantías aportadas para obtener la suspensión de la deuda.>

  7. ATS 4114/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    2.1. Determinar si el aumento del justiprecio como efecto de la retasación de bienes expropiados ( art. 58 LEF), y reconocido por sentencia judicial tras el fallecimiento del causante, es una ganancia patrimonial sujeta al IRPF del causahabiente, porque trae causa de una alteración patrimonial diferente, autónoma y posterior a la producida originariamente por la expropiación del bien o derecho; o, por el contrario, si constituye un hecho imponible del Impuesto sobre Sucesiones, al considerar que se trata de valorar de nuevo tal ganancia, en aplicación de la doctrina fijada en la sentencia del Tribunal Supremo de 1 de febrero de 2024 (rec. 4295/2022 ).

    2.2. Aclarar cómo debe imputarse temporalmente la ganancia patrimonial obtenida como consecuencia de la retasación de bienes expropiados ( art. 58 LEF) y, en particular, en los casos en los que haya resultado litigioso el justiprecio fijado en la retasación; si es aplicable la jurisprudencia sobre imputación temporal contenida en las sentencias de 26 de mayo y 12 de julio de 2017 ( rec. 1137/2016 y 1647/2016 ) y de 7 de noviembre de 2024 (rec. 2440/2023 ) en virtud de las cuales, cuando el justiprecio es objeto de recurso, el incremento reconocido en la resolución -administrativa o judicial- que lo resuelva debe imputarse temporalmente al ejercicio en el que dicha resolución devenga firme.

    2.3. Discernir, a partir de la respuesta dada a la primera cuestión, si a tales ganancias les resultan aplicables los coeficientes reductores o de abatimiento previstos en la disposición transitoria novena de la Ley del IRPF, a pesar de que la fijación del justiprecio de la retasación haya tenido lugar en momento posterior al 31 de diciembre de 1994, siempre que el bien expropiado cuya retasación se insta no estuviera afecto a actividades económicas y hubiera sido adquirido antes de la expresada fecha.>

  8. ATS 4106/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar el modo de cálculo de la minoración por incentivos a la inversión aplicable para determinar el rendimiento neto por estimación objetiva en el IRPF previsto en la Orden HAP/2549/2012 en los casos en que la actividad económica solo se realice durante una parte del periodo impositivo y, en particular, si para calcular la amortización de un bien inmueble dedicado a la explotación turística debe tenerse en cuenta únicamente el periodo en que se desarrolló la actividad o puede considerarse que existe depreciación efectiva por funcionamiento, uso y disfrute del bien durante todo el periodo impositivo y no corresponde hacer una minoración proporcional al número de días de alta en la actividad.>

Sección Tercera

Veinticuatro Autos:

  1. ATS 4055/2025; ATS 4053/2025; ATS 4054/2025; ATS 4056/2025; ATS 4061/2025 y ATS 4103/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    <Aclarar, matizar, reforzar o, eventualmente, corregir o rectificar, la doctrina ya fijada por esta Sala, entre otras en STS de 23 de enero de 2008 (recurso de casación n.º 5560/2006), en relación con el perjuicio reputacional irreparable en el caso de que se anulase la sanción en sede contencioso-administrativa, y aclarar si resulta pertinente el planteamiento de la cuestión prejudicial que solicita la actora.>

  2. ATS 4052/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <i) Interpretar los artículos 13.2, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública (LFEP), y 3.2 del Reglamento (CE) nº 1185/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a las estadísticas de plaguicidas, al amparo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIBG), a fin de determinar si el secreto estadístico justifica la denegación de una petición de acceso a información pública referida a productos fitosanitarios por existir la posibilidad teórica de identificar a la unidad estadística; (ii) Determinar si la aplicación del secreto estadístico del artículo 13.2 LFEP es una potestad discrecional de la Administración y, en caso afirmativo, si el ejercicio de dicha potestad para denegar el acceso a una información pública exige previamente ponderar su aplicación con arreglo a los artículos 14.1 y 14.2 LTAIBG.>

  3. ATS 4069/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si en los supuestos de derivación de responsabilidad a los miembros de una Junta de Gobierno de una Asociación, su responsabilidad ha de ser solidaria o mancomunada.>

  4. ATS 4057/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si, en el supuesto de que se proceda al desistimiento del proyecto dentro del periodo a que se refiere el artículo 1.2, párrafo segundo del RDL 23/2020, puede la Administración declarar la incautación de la garantía económica presentada.>

  5. ATS 4058/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si el artículo 23 del Código de deontología de los médicos de España es o no conforme con las competencias de Colegio a los efectos de definir en esos términos una práctica deontológica, y si el precepto en cuestión, tal como está redactado, implica un tipo infractor o es meramente programático.>

  6. ATS 4073/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si la concesión de las ayudas extraordinarias reguladas en el artículo 4.1 RD 908/2013, para trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas, en los que se ha formalizado un plan de rentas mediante contratos de seguro colectivo, exige que la empresa concernida se encuentre en situación de insolvencia económica que le impida hacer frente a los compromisos asumidos, o por el contrario no es necesario que concurra dicha insolvencia económica.>

  7. ATS 4071/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Interpretar el artículo 40.5 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, a fin de determinar si resulta posible exigir el reintegro de una subvención no sólo a los sucesores universales de un beneficiario obligado al reintegro sino también a los que lo sean a título particular.>

  8. ATS 4070/2025; ATS 4060/2025 y ATS 3660/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo:

    <(I) en determinar si el Consejo de la CNMC está facultado para convalidar actos del Servicio Regional de Defensa de la Competencia de Murcia cuando éste ha sido designado para instruir un procedimiento sancionador que ha de resolver la CNMC; y (II) en determinar, en supuestos de conductas contrarias a la competencia consistentes en licitaciones públicas, el momento en que finaliza la participación en la infracción (si aquél en que se celebró el contrato o aquel en que se concluyó la obra o servicio objeto del contrato), y la incidencia que sobre dicha cuestión puedan tener las prórrogas del contrato incluidas en los Pliegos de Contratación.>

  9. ATS 4062/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <(i) si las actuaciones realizadas por la Dirección de Competencia en la fase previa a la incoación del expediente sancionador pueden producir el efecto de interrumpir la prescripción de la infracción; (ii) si la infracción consistente en una única acción que despliega sus efectos, sin ser detectable hasta que sea el sujeto obligado el que pueda ponerle fin voluntariamente constituye una mera infracción puntual, o es una infracción permanente; (iii) y si la entidad beneficiada por la Sentencia tiene legitimación para recurrir en vía casacional por el perjuicio reputacional que pueda producir al declararse acreditada la realización de conductas prohibidas en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y en el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.>

  10. ATS 3966/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si los trámites de control y verificación de los Reglamentos comunitarios, y concretamente los informes de verificación del artículo 13 del Reglamento nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, son actuaciones con sustantividad propia y, por lo tanto, sometidos a plazo de caducidad.>

  11. ATS 3652/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si, durante el periodo de continuidad en la prestación de un servicio impuesto unilateralmente al contratista por el órgano de contratación en las mismas condiciones existentes, una vez extinguido el contrato administrativo de que trae causa, para el abono de los servicios prestados procede trasladar en su integridad el régimen económico previsto en los pliegos que regían el contrato finalizado, incluyendo el relativo a la revisión de las tarifas.>

  12. ATS 3657/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Interpretar el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y los artículos 61.2 y 47 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a fin de determinar el alcance de la excepción establecida en los preceptos referidos en cuanto a la omisión del trámite de audiencia en los procedimientos para la aprobación de las bases reguladoras de subvenciones financiadas con fondos europeos.>

  13. ATS 3659/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Interpretar los artículos 4.11, 6.1 a) y 7.4 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, a fin de determinar si, a la luz de estos preceptos, puede considerarse libremente prestado el consentimiento otorgado por el cliente de un contrato de cuenta corriente bancaria cuando la obtención de comisiones se condiciona a que se preste el consentimiento para que sus datos sean tratados para otros fines no directamente relacionados con el contrato.>

  14. ATS 3661/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <i) Determinar el alcance de la competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo para examinar la legalidad de la modificación de los Estatutos de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, en concreto, sobre aspectos que corresponden a las relaciones privadas entre LALIGA y sus asociados; y (II) si estamos ante una relación de especial sujeción en materia de disciplina deportiva que pueda suponer la modulación del principio de legalidad sancionadora.>

  15. ATS 3656/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Interpretar los artículos 2 y 3 de la Orden FOM/36/2008, así como el artículo 47.1 de la Ley de Procedimiento de las Administraciones Publicas, a fin de determinar si el lugar en el que esté domiciliado el permiso de circulación determina el lugar de domiciliación de las licencias y, en consecuencia, del órgano competente para concederlas o denegarlas, todo ello a efectos de la revisión de oficio solicitada.>

  16. ATS 3658/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si es lícito introducir al tiempo de conocer los recursos administrativos (alzada o reposición) hechos, elementos o documentos que no fueron aportados en el expediente originario ni tampoco en el trámite de subsanación. Y a tal efecto, aclarar, matizar, reforzar o, eventualmente, corregir o rectificar, la doctrina ya fijada por esta Sala en la STS de 17 de marzo de 2010 (recurso ordinario n.º 24/2008).>

  17. ATS 4105/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si la conducta consistente en el sellado de una solicitud de punto de venta con recargo por parte de una expendeduría, puede ser constitutiva de la infracción prevista en el artículo 7.Tres.2.d) LOMTNT si aquella no es una de las tres más cercanas al punto de venta con recargo, o si, por el contrario, es necesario que el expendedor formule una declaración expresa afirmando que su expendeduría es una de las tres más próximas al punto de venta con recargo.>

Sección Cuarta

Veintisiete Autos:

  1. ATS 4077/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Si el artículo 5 de la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre, interpretado respecto de un trabajador por la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 18 de enero de 2024 (asunto C-631/22), se opone a que el artículo 67.1, letra c), del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se interprete en el sentido de que la declaración de jubilación por causa de una situación de incapacidad permanente total para la profesión habitual pueda ser adoptada de manera automática, sin seguir, por tanto, un procedimiento específico al efecto.>

  2. ATS 3640/2025; ATS 3643/2025; ATS 3642/2025; ATS 3922/2025; ATS 3639/2025; ATS 3913/2025; ATS 3641/2025; ATS 3910/2025; ATS 3638/2025; ATS 3915/2025; ATS 3637/2025; ATS 3917/2025; ATS 3963/2025 y ATS 3916/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta en los siguientes términos:

    <La mera referencia a los años de prestación de servicios como funcionario interino no resulta bastante para inferir de modo automático la situación de abuso que declara la sentencia impugnada. Esa declaración debe inferirse de una serie de circunstancias concretas y específicas que, por lo que hace al caso, exigía examinar el sistema de lista de interinos aplicable, según la expresada Orden ECD/697/2017, de 24 de julio, analizar el tipo de sucesión de los diversos nombramientos, y valorar si la prestación de servicios se hizo en uno o en varios centros. Además, debía justificarse el tipo de vacante que se estaba cubriendo, si las funciones docentes fueron o no idénticas, y, en fin, si se produjo la presentación a los procesos selectivos convocados al respecto.>

  3. ATS 3651/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si habiéndose producido el cese del funcionario interino bajo la vigencia de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, es procedente la compensación económica contemplada en su artículo 1.3, no obstante haberse producido el nombramiento del que deriva el referido cese con anterioridad a su entrada en vigor el pasado día 30 de diciembre de 2021.>

  4. ATS 3965/2025; ATS 3645/2025; ATS 3644/2025; ATS 3653/2025 y ATS 3654/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por multitud de pronunciamientos sobre la cuestión referida a la nota de corte en la prueba de entrevista personal para el acceso al Cuerpo Nacional de Policía (por todos, STS 1394/2025).

  5. ATS 3964/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva permite que un órgano jurisdiccional deniegue una prueba pericial judicial propuesta por la parte recurrente indicando, al confirmar en reposición su denegación, que ello es sin perjuicio de que tal prueba pueda ser acordada en una diligencia final, nunca acordada, y luego dicte sentencia en la que, pese a afirmar que lo relevante en el procedimiento es la prueba y que su carga incumbe a la parte actora, desestime la demanda sobre la base de la prueba obrante en actuaciones.

    Y si, en la resolución de la anterior cuestión, pudiera tener alguna incidencia la circunstancia de que la parte recurrente tuviera concedido el beneficio de justicia gratuita>

  6. ATS 3967/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <1ª.- Reafirmar, reforzar, complementar, y, en su caso, matizar, nuestra jurisprudencia a fin de determinar si la suspensión del inicio de las obras imputable a la Administración genera el derecho del contratista a ser indemnizado por los daños y perjuicios efectivamente sufridos.

    2ª.- Si para indemnizar los gastos generales es necesario que se acredite su importe de forma fehaciente, o cabe su compensación, aunque no se hayan acreditado en los términos literales del artículo 203 de la Ley de Contratos del Sector Público de 2007 (actual artículo 208 de la Ley de Contratos del Sector Público de 2017), y en este segundo caso, si el criterio para cuantificarlos es aplicar un porcentaje entre el 1,5% y el 3,5% del Consejo de Obras Públicas.>

  7. ATS 4136/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si un acuerdo del Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear, con forma de instrucción técnica complementaria y referido a los requisitos de aptitud psicofísica que deben reunir los miembros de las Brigadas de protección contra incendios de las Centrales nucleares, atendiendo a su contenido, finalidad y repercusión sobre dicho personal, tiene o no carácter de disposición de carácter reglamentario.>

  8. ATS 4089/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar la naturaleza jurídica de los Decretos por los que se aprueban Ofertas de Empleo Público y si, atendida dicha naturaleza, contra los mismos caben o no recursos en vía administrativa.>

  9. ATS 4085/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <(i) si la asociación recurrente ostenta el interés legítimo que determina la legitimación activa, para ejercitar acciones ante nuestra jurisdicción, en el recurso contencioso administrativo deducido contra la actuación impugnada, y (ii) si la colocación de banderas, pancartas u otros símbolos que incluyen consignas o mensajes con propósitos reivindicativos en edificios oficiales constituyen una vía de hecho carente de cobertura jurídica o una medida de acción positiva en aplicación de la legislación vigente.>

  10. ATS 4081/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    < –Si en el encargo a medio propio es suficiente con que los requisitos del art. 86 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (bien porque sea una opción más eficiente que la contratación pública y resulte sostenible y eficaz, aplicando criterios de rentabilidad económica; o bien porque resulte necesario por razones de seguridad pública o de urgencia en la necesidad de disponer de los bienes o servicios suministrados por el medio propio o servicio técnico) se verifiquen en el momento del reconocimiento de la entidad como medio propio o si, por el contrario, es necesaria una justificación en cada encargo que se realice por un poder adjudicador a un medio propio personificado.

    Si dentro del ámbito de actuación que para TRAGSA define la D.A. 24ª de la LCSP cabe ejecutar obras de carácter educativo/cultural en una parcela calificada urbanísticamente como suelo urbano, pero que se ubica en un municipio eminentemente rural.>

Sección Quinta

Veintitrés Autos:

  1. ATS 4072/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar el inicio del cómputo del plazo para interponer recurso contencioso-administrativo en supuestos de impugnación de ordenanzas municipales urbanísticas, en los que, con posterioridad a la publicación del acuerdo aprobatorio en el diario oficial correspondiente, se hubo notificado personalmente, con instrucción de los recursos, a comparecientes en el procedimiento de elaboración.>

  2. ATS 4067/2025; ATS 4068/2025; ATS 3650/2025; ATS 3648/2025; ATS 3895/2025; ATS 3655/2025 y ATS 3647/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas exime de culpabilidad o de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales, en la realización de vertidos que incumplan la normativa vigente, desde el punto de vista del Derecho Administrativo sancionador; todo ello teniendo presente lo dispuesto en la STS de 29 de julio de 2021 (recurso de casación n.º 223/2020)>

  3. ATS 4074/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Aclarar, reforzar o completar la jurisprudencia existente en relación con el régimen jurídico de las reclamaciones derivadas del incumplimiento de convenios urbanísticos por causa imputable a la Administración.>

  4. ATS 4051/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar el régimen jurídico que resulta de aplicación a las autorizaciones de ocupación temporal del dominio público marítimo terrestre por parte de instalaciones desmontables al servicio de actividades deportivas de carácter náutico.>

  5. ATS 4066/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si el establecimiento, por parte de una Comunidad Autónoma, de una ratio o un cupo máximo anual de extracción del lobo supone una contravención de las medidas de extracción y captura de ejemplares previstas en el apartado segundo de la disposición adicional primera de la Orden TED/980/2021, de 20 de septiembre, por la que se modifica el Anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.>

  6. ATS 4063/2025 y ATS 4064/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar qué clase de procedimiento administrativo se inicia, a los efectos del artículo 54 LPACAP, cuando el interesado cumple un deber legal y, concretamente, cuando es por la obligación de remisión de informes de situación de suelos, establecida en el artículo 3.4 del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.>

  7. ATS 4065/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Reafirmar, complementar, matizar o, en su caso, corregir o rectificar la doctrina jurisprudencial establecida sobre la D.T. 1ª del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio en la STS nº 1553/2018, de 26 de octubre, dictada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (RCA n.º 1388/2017), y, a tal efecto, precisar si para acreditar la adquisición del derecho al aprovechamiento de aguas públicas por prescripción o, en su caso, para obtener su legalización mediante inscripción en el Registro de Aguas basta cualquier medio de prueba admitido en derecho y en cualquier momento, o, por el contrario, solo es admisible mediante acta de notoriedad y tramitada dentro del plazo de tres años contados a partir de la entrada en vigor de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.>

  8. ATS 4075/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Reafirmar, reforzar, complementar, y, en su caso, matizar, nuestra jurisprudencia sobre los criterios de cuantificación de la responsabilidad patrimonial y, en concreto, determinar si el importe del IVA debe considerarse daño efectivo indemnizable cuando el reclamante es sujeto pasivo de dicho impuesto y está en condiciones de ser fiscalmente resarcido de las cuotas soportadas.>

  9. ATS 3646/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar el sentido del silencio administrativo en el supuesto de reclamación de pago por los servicios prestados en concepto de depósito judicial, sin haber mediado la celebración de contrato formal entre la Administración y el depositario.>

  10. ATS 3649/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si el silencio positivo suspensivo ex art. 117.3 LPACAP de la ejecutividad de un acto impugnado, cuya emisión previa es preceptiva, y que se incorpora a un procedimiento bifásico, afecta a la validez de los actos que dicte posteriormente otra administración pública diferente que resuelve como órgano sustantivo.>

  11. ATS 4098/2025; ATS 4083/2025 y ATS 4084/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    <Reafirmar, reforzar o en su caso aclarar, la doctrina sentada en la sentencia de 30 de enero de 2024 (RC 6178/2022) sobre la innecesaridad de que, a efectos de la actuación ante órganos judiciales unipersonales en los supuestos de que se haya designado letrado y procurador del turno de oficio, tenga que realizarse por el recurrente el otorgamiento de la representación al procurador mediante poder notarial o comparecencia apud acta.>

  12. ATS 4086/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <i) Determinar si a los efectos del control jurisdiccional de la actividad administrativa ex novo que se justifica para dar cumplimiento al fallo de resoluciones judiciales firmes es procedente el incidente de ejecución o, por el contrario, se requiere de un nuevo procedimiento.

    ii) Reafirmar, reforzar o completar la doctrina sobre la exigencia del recurso de casación como paso previo a la admisión de un incidente de nulidad de actuaciones por falta de emplazamiento de quienes han de ser o pueden ser partes en el procedimiento judicial.>

  13. ATS 4088/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si los hijos de nacidos en el Sáhara Occidental durante la etapa en que este se hallaba bajo autoridad española pueden acogerse a la autorización de residencia temporal por razones de arraigo familiar prevista actualmente en el artículo 124.3.c) del Reglamento de la Ley de extranjería (anterior apartado b).>

  14. ATS 4087/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por las SSTS nº 1.776/2022, de 21 de diciembre, 10 y 12/2023, de 11 de enero y 38/2023, de 18 de enero, estimando los correspondientes recursos y otorgando a los recurrentes la protección temporal -ampliada en la Orden PCM/170/2022- regulada en la Directiva 2001/55/CE, del Consejo, de 20 de julio de 2001, relativa a las normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas y en el Reglamento sobre dicho régimen de protección temporal, aprobado por Real Decreto 1325/2003, de 24 de octubre.

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