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Los setenta y nueve Autos de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo publicados en el Cendoj del 17 de noviembre al 6 de diciembre de 2024.

Autos

Sección Segunda

Treinta y tres Autos:

  1. ATS 13504/2024; ATS 13534/2024; ATS 13527/2024 aprecian Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por la Sentencia dictada en el recurso de casación nº 2209/2023, que estimó el recurso de la Administración recurrente y fijó como doctrina que:

    <No cabe promover la alteración catastral con base en el otorgamiento unilateral del título por el propietario único del edificio destinado a alquiler, hasta que no concurran los elementos constitutivos exigidos, en concreto hasta que no existan varios propietarios.>

  2. ATS 13516/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si la declaración de responsabilidad tributaria subsidiaria exige, previamente, la declaración de fallido de los socios de la deudora principal, cuando ésta haya sido liquidada.>

  3. ATS 13548/2024; ATS 13526/2024; ATS 13868/2024 y ATS 14151/2024 aprecian Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por las sentencias de la Sección Segunda de 10 de julio de 2023 (casación 5181/2022, ES:TS:2023:3294), 12 de julio de 2023 (casación 4701/2022; ES:TS:2023:3100), 11 de marzo de 2024 (casación 435/2023, ES:TS:2024:1435) y 16 de mayo de 2024 (casación 8825/2022, ES:TS:2024:2688). Se trata del asunto referido a las situaciones consolidadas del IVTNU.

  4. ATS 13533/2024; ATS 13539/2024 y ATS 13866/2024; aprecian Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por las Sentencias de 8 y 22 de julio de 2024 ( casación 4232/2021 y 4887/2021, respectivamente). Sentencias que fijaron la siguiente doctrina:

    <«[…] interpretado a la luz de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ( STJUE) de 7 de marzo de 2018, Sala Primera, Cristal Union contra Ministre de l’Économie et des Finances, asunto C-31/17 (ECLI: EU:C:2018:168), y de la STJUE 22 de junio de 2023 (asunto C-833/21, Endesa), el artículo 14.1.a), primera frase, de la Directiva 2003/96/CE, constituye una exención directa y no voluntaria para los Estados miembros, suficientemente precisa e incondicionada, que está dotada de efecto directo vertical ascendente, y que la eliminación de esta exención obligatoria, introducida por la Ley 15/2012, de Medidas Fiscales para la sostenibilidad energética, en relación con el gas natural utilizado para producir electricidad o a la cogeneración de electricidad y calor, no se fundamenta en los motivos de política medioambiental que requiere el art. 14.1.a), segunda frase, de la Directiva 2003/96/CE».>

  5. ATS 13525/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <- Determinar si el art. 16 TRLIS de 2004 (actual art. 18 LIS ) es una norma de valoración que debe limitarse a las operaciones vinculadas y no cabe aplicar a relaciones jurídicas de la entidad regularizada con terceros que no son partes vinculadas. Y si, consecuentemente, para reconstruir relaciones jurídicas de esa entidad con terceros será preciso acudir a las cláusulas generales de los arts. 13 a 16 LGT .

    – En concreto, precisar si con el único sustento del art. 16 TRLIS de 2004 (actual art. 18 LIS ) la Administración tributaria puede negar la deducibilidad de un gasto que no trae causa de una operación vinculada, sino de la relación entre el obligado tributario y terceros que no son partes vinculadas.

    – En caso de respuesta afirmativa a la cuestión anterior, aclarar si la regularización debe efectuar el correspondiente ajuste en todas las partes vinculadas, para restablecer una relación de plena competencia entre ellas, con la necesidad de indicar la entidad que debe soportar el gasto cuya deducibilidad se deniega a otra, para proceder a una correcta distribución de gastos entre partes independientes.>

  6. ATS 13538/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Reafirmar, completar, matizar o, en su caso, corregir la jurisprudencia en virtud de la cual la declaración de inconstitucionalidad contenida en la STC 59/2017, de 11 de mayo , no determina que las liquidaciones del IIVTNU, giradas con anterioridad y que hubieran ganado firmeza en vía administrativa, incurran por ello en los supuestos de nulidad de pleno derecho previstos en el artículo 217.1 LGT , todo ello a la luz de la STC 108/2022, de 26 de septiembre , y la sentencia de 28 de febrero de 2024 (casación 199/2023 ).>

  7. ATS 13529/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si, integrada en la diligencia de embargo una cantidad que tiene su origen en una liquidación nula puede, no obstante, mantenerse la misma diligencia de embargo al socaire del principio de conservación de actos o, por el contrario, en aras adecuar la ejecución a lo que realmente deba ser objeto de aquella, es obligado dictar una nueva diligencia de embargo en la que no obrara la liquidación y providencia de apremio declarada nula.>

  8. ATS 13550/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por las Sentencias de 14 y 19 de julio de 2023 (casaciones 8824/2021 y 715/2021) en los siguientes términos:

    <Como síntesis de todo lo expuesto, debemos fijar la siguiente doctrina jurisprudencial sobre la primera cuestión de interés casacional: un elemento esencial de la tasa, como es el tipo de gravamen, que se aplica sobre otras magnitudes para el cálculo de la cuota tributaria, debe aparecer claramente determinado en la propia ordenanza o en los anexos publicados junto con la misma, conforme al art. 16.1.a) y art. 17.4 del TRLHL.

    Y respecto a la segunda cuestión, y partiendo del dato cierto de que la Ordenanza no diferencia entre utilización privativa y aprovechamiento especial y que, por consiguiente, tanto una como otra forma de utilización del dominio público están sometidas a los mismos parámetros, se vulnera la obligada diferenciación entre la determinación de la carga impositiva a tenor de la diferente intensidad que implican utilización privativa y aprovechamiento especial.>

  9. ATS 13532/2024 y ATS 13873/2024 aprecian Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por las Sentencias de 30 de abril de 2024, recursos 7429/2022 y 7341/2022, y de 6 de mayo de 2024 (rec. 7393/2022) en los siguientes términos:

    <«(…) de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la ilegalidad, a la luz del Derecho en materia de ayudas de Estado, de determinados supuestos de no sujeción o exención del Impuesto sobre la Emisión de Óxidos de Nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial no afecta a la legalidad del tributo en sí mismo, de suerte que quienes están sujetos a dicho impuesto no pueden alegar tal ilegalidad para eludir el pago ni constituir fundamento para la rectificación de la autoliquidación y devolución del ingreso efectuado.>

  10. ATS 13870/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por la sentencia dictada en el recurso de casación n.º 6669/2021 que fijó la siguiente doctrina:

    <1.- El cómputo del plazo de prescripción para exigir la obligación de pago a los responsables solidarios no puede ser interrumpido por actuaciones realizadas frente al deudor principal o frente al obligado respecto de cuyas deudas se deriva la responsabilidad, salvo en aquellos casos en que la interrupción -es de reiterar, conforme al propio auto, de la facultad para exigir el pago- se dirija a quien previamente ha sido declarado responsable pues, hasta que se adopte el acto formal de derivación, no cabe hablar en sentido propio de obligado tributario ni de responsable o responsabilidad ( art. 68.7, en relación con el art. 68.1.a) y b) LGT; y estos, a su vez, dependientes del art. 66, a) y b) LGT).

    2.- El art. 68.7, conectado con el apartado 1, a) y b) LGT debe interpretarse en el sentido de que hay una correlación, a tenor del precepto, entre la facultad para declarar la derivación de responsabilidad solidaria y la de exigir el pago al ya declarado responsable -acciones distintas y sucesivas-, porque los hechos interruptivos, según la ley, son diferencias en uno y otro caso, de suerte que el carácter interruptivo de actuaciones recaudatorias solo es apto y eficaz para la exigencia del cobro al responsable de una deuda ya derivada.>

  11. ATS 13869/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si la solicitud de rectificación de una autoliquidación y de la consiguiente devolución de ingresos indebidos es cauce adecuado para cuestionar la autoliquidación practicada por un contribuyente que ha procedido a ingresar en plazo las cuantías por él calculadas en cumplimiento de sus obligaciones tributarias, a fin de no ser sancionado por dejar de autoliquidar e ingresar en plazo, cuando considere que la norma reguladora del tributo es contraria a la Constitución.

    Determinar si el reparto competencial hecho en la Constitución española, y en particular su artículo 149.1.29, permite el establecimiento por ley ordinaria de una tasa estatal por la prestación de servicios de respuesta por la Guardia Civil en el interior de las Centrales nucleares u otras instalaciones nucleares, como la creada por la Disposición Final 7ª de la ley 34/2015, de 21 de septiembre , de modificación de la LGT.

    Precisar si puede constituir el hecho imponible de una tasa la prestación de este servicio por referirse, afectar o beneficiar a personas determinadas o haber sido motivados por estas, directa o indirectamente, así como si no es óbice para ello que el sector privado, esto es, los titulares de las instalaciones nucleares, presten un servicio de seguridad privada en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 30 del Real Decreto 1308/2011, de 26 de septiembre , sobre protección física de las instalaciones y los materiales nucleares, y de las fuentes radiactivas, modificado por el Real Decreto 1086/2015, de 4 de diciembre.

    Determinar si la tarifa asignada a la tasa concernida resulta proporcional y se halla suficientemente justificada en la Ley 34/2015 y en la Orden INT/1658/2016, de 30 de septiembre, que aprobó el modelo de autoliquidación y pago de la tasa estatal por la prestación de servicios de respuesta por la Guardia Civil en el interior de centrales nucleares u otras instalaciones nucleares.>

  12. ATS 13871/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si la inconstitucionalidad de los artículos 107.1 , 107.2 a ) y 110.4 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales , aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, declarada en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021 , obliga en todo caso a la anulación de las liquidaciones por el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana que hubieran sido impugnadas en plazo, al dejar un vacío normativo sobre la determinación de la base imponible que impide la liquidación y la recaudación del impuesto.>

  13. ATS 13867/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por la sentencia de 24 de julio de 2023 -ECLI:ES:TS:2023:3512-, en un sentido favorable a la pretensión de la recurrente, habiéndose concluido que en un caso como el que constituye el objeto de esta litis, la Administración no se ha limitado a una calificación o recalificación del negocio jurídico, sino que ha tomado en consideración un conjunto de negocios jurídicos y actos jurídicos, a los que atribuye una finalidad de reducción de capital con amortización de acciones y devolución de aportaciones a los socios, lo que supone la concurrencia de las circunstancias que caracterizan al conflicto en la aplicación de la norma tributaria, a tenor del art. 15 LGT.

  14. ATS 13872/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si resulta aplicable la exención prevista en el artículo 7.d) LIRPF a una indemnización percibida por el obligado tributario de su entidad empleadora, en cumplimiento de una sentencia dictada en el orden jurisdiccional social, cuantificada en función de los salarios dejados de percibir durante un determinado lapso de tiempo por el incumplimiento de tal entidad de la obligación de reintegrarlo en su puesto de trabajo procedente de una situación de excedencia.>

  15. ATS 13862/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si, en un procedimiento de devolución de ingresos indebidos, está legitimado para obtener la devolución el sujeto pasivo que, habiendo repercutido indebidamente cuotas del IGIC a consumidores finales por unas determinadas operaciones, simultáneamente ingresa por esas mismas operaciones las cuotas del IVA debidas, sin repercutirlas, por importe superior a las del IGIC, soportando efectivamente la carga impositiva por esas operaciones.>

  16. ATS 13863/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Aclarar o completar la jurisprudencia contenida entre otras en nuestra sentencia 15 de noviembre de 2022 (recurso de casación núm. 5470/2020) en el sentido de que en el primer día del año natural debe quedar no sólo aprobado sino también publicado en el Boletín Oficial correspondiente el canon o la tarifa, según los casos, para los años siguientes a aquél en que se produzca la mejora o beneficio de los usos o bienes afectados (caso del canon) o en el momento en que puedan utilizarse las instalaciones de las obras hidráulicas (supuesto de la tarifa).>

  17. ATS 13864/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si una devolución del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, como consecuencia de la declaración de nulidad de un contrato, ha de ser considerada, en virtud del artículo 57 TRLITAPAJD, como una devolución derivada de la normativa del artículo 31 LGT a efectos del devengo de intereses de demora o si, por el contrario, se trata de un ingreso originariamente indebido al que se ha de aplicar el régimen del artículo 32 LGT.>

  18. ATS 14191/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <1) Determinar si el aprovechamiento especial del dominio público, permitido a través de la autorización municipal de reserva de aparcamiento para la carga y descarga de mercaderías en la vía pública constituye un hecho imponible del impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas, en aplicación de los artículos 7.1.B) y2) 13.2. TRITPAJD.

    2) Precisar si la equiparación que efectúa el artículo 13.2 del Texto refundido entre las concesiones administrativas -en la medida en que, a través de ellas, se constituye un verdadero derecho real in re aliena inscribible registralmente – y las autorizaciones para el aprovechamiento especial de los bienes de dominio público -en este caso reserva de aparcamiento para la carga y descarga de mercaderías en la vía pública – permite o no interpretar el precepto en el sentido extensivo de que cualquier aprovechamiento especial que recaiga sobre el demanio, por sí solo, origina un desplazamiento patrimonial a favor del autorizado, a efectos de su gravamen.

    3) Identificar, en caso de responderse afirmativamente ambas preguntas precedentes, en qué consistiría el desplazamiento patrimonial de facultades del dominio público en favor del titular del establecimiento, autorizado al uso común especial mediante un acto de autorización -más allá del propio uso a que la autorización faculta.>

  19. ATS 13865/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <-Determinar si el procedimiento de inspección catastral para regularizar la descripción catastral de un inmueble, previsto en el artículo 11.2.c TRLCI, tiene como plazo máximo de duración el fijado en el artículo 150.1 LGT, aplicable supletoriamente según lo dispuesto en el 19 TRLCI, o bien si tiene una duración máxima de seis meses, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición adicional tercera.3.c) TRLCI.

    Aclarar si el incumplimiento de ese plazo no determina la caducidad del procedimiento, de acuerdo con el artículo 150.6 de la citada LGT, o bien si el procedimiento caduca por lo establecido en la Disposición adiciona tercera. 3.c) TRLCI.>

  20. ATS 14144/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <1.1. Determinar, -en una interpretación sistemática del párrafo 2,b ) y 7 del artículo 68 de la LGT -, si la expresión «actuaciones realizadas con conocimiento formal del obligado tributario en el curso de dichas reclamaciones o recursos» prevista en el artículo 68.2.b) LGT como causa de interrupción del plazo de prescripción del derecho de la Administración Tributaria para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas, se refiere sólo y exclusivamente a los recursos en la vía administrativa o también al recurso contencioso-administrativo interpuesto ante la jurisdicción contencioso-administrativa, cuando, por no haberse acordado la suspensión de la ejecutividad en vía contencioso-administrativa, resulte de aplicación la excepción del último párrafo del art. 68.7 LGT a lo dispuesto en ese apartado sobre inicio del computo del plazo de prescripción en el caso de interposición de recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

    1.2Precisar, en el referido supuesto, cuándo y con qué actuación se inicia de nuevo el cómputo del plazo de prescripción.>

  21. ATS 14155/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar, en supuestos en los que han sido anuladas dos liquidaciones dictadas por la Administración respecto de un mismo concepto tributario, aunque por defectos diferentes, si es posible dictar una tercera liquidación tributaria en relación con el citado tributo en tanto no incurra la Administración en idéntico yerro; o si, por el contrario, tal conducta podría ser contraria a los principios de buena fe y seguridad jurídica a los que se encuentra obligada la Administración conforme a normativa legal y constitucional, así como el de buena administración, que impediría repetir una y otra vez la posibilidad de liquidar deudas anuladas en procedimientos revisorios.>

  22. ATS 14149/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Completar la jurisprudencia existente sobre los requisitos exigibles a la Administración tributaria para la tramitación del procedimiento de comprobación de valores y, en particular, determinar si la administración se halla obligada a justificar la sustanciación de un procedimiento de comprobación de valores con carácter previo a su inicio en todo caso o si, por el contrario, puede considerarse motivación necesaria la notificación de una propuesta de resolución acompañada de un dictamen de perito.

    En segundo lugar, precisar si la inobservancia por parte de la administración del requisito jurisprudencial de justificar con carácter previo a la realización de una comprobación de valores la necesidad de actuación comporta en todo caso la anulación de la liquidación practicada o si, por el contrario, cuando el procedimiento hubiese sido iniciado mediante propuesta de resolución acompañada de dictamen pericial, tal omisión puede constituir un mero vicio formal no determinante de la anulación del acto.>

  23. ATS 14154/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <2.1.Determinar si, en los supuestos de modificaciones de ordenanzas fiscales reguladoras de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos, en las que se excluya la tributación de la utilización privativa y se establezca la tributación del aprovechamiento especial en función de la intensidad de uso, modificando el sistema de cuantificación de la tasa, es necesario un nuevo acuerdo de imposición y establecimiento de dicho tributo.

    2.2. Aclarar si, un Ayuntamiento que, en uso de su autonomía local, establece o modifica una ordenanza fiscal reguladora de la tasa a que se hace referencia, excluyendo de tributación la utilización privativa del dominio público local, puede a la vez catalogar instalaciones tales como cajas de amarre, líneas subterráneas, torres metálicas, apoyos, transformadores, depósitos u otros elementos similares como aprovechamientos especiales de especial intensidad, y determinar la base imponible de la tasa de acuerdo con lo previsto en el artículo 64.1.a) Ley 25/1998 , tomando como parámetro»el valor del terreno y, en su caso, el valor de la instalaciones ocupadas», en lugar de tomar como referencia»la utilidad que reporte el aprovechamiento» a que se refiere el apartado b) del mismo precepto, y, fijar un tipo de gravamen del 5% para los supuestos de aprovechamiento especial de gran intensidad.

    2.3.Precisar si, las ordenanzas municipales reguladoras de esta clase de tasas pueden fijar un tipo de gravamen del 2,5% para supuestos de aprovechamiento especial de menor intensidad (tendido eléctrico, líneas aéreas o cables de transporte de energía) justificado en las normas técnicas de valoración y el cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones para determinar el valor catastral de los bienes inmuebles de naturaleza urbana en relación con las medianerías, balcones, terrazas y porches.>

  24. ATS 14153/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar el plazo de que dispone la administración tributaria para ejecutar una sentencia que ordena dictar un nuevo acto de liquidación con descuento de una cantidad determinada del quantum de intereses de demora cuando la resolución judicial no impone ningún límite temporal.

    Precisar las consecuencias de que la administración ejecute en sus estrictos términos la sentencia fuera del plazo que resulte de aplicación y, en particular, si comporta en todo caso la anulación del acto de ejecución dictado de forma extemporánea y la imposibilidad de dictar un nuevo acto en perjuicio del particular.>

  25. ATS 14152/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar, interpretando conjuntamente los artículos 219 LGT y los artículos 71 , 72 y 73 LJCA , si el órgano judicial que conoce de un recurso contra la decisión de la Administración de no iniciar un procedimiento de revocación, de poseer los datos necesarios, tiene potestad para pronunciarse sobre el fondo y puede revocar los actos controvertidos, sin necesidad de ordenar la retroacción del procedimiento de revocación.>

Sección Tercera

Veintidós Autos:

  1. ATS 13698/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si, en circunstancias como las que concurren en el presente caso, cabe apreciar que la Administración tiene el deber de actuar y que, al no haberlo hecho, se puede concluir que existe un incumplimiento de una obligación. Y, en caso afirmativo, qué vías tiene la otra Administración que se siente perjudicada por el supuesto incumplimiento para acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa.>

  2. ATS 13520/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <i) si una solicitud de identidad de tercero que pudiera haber accedido a los datos personales que conciernen al solicitante -en este caso, a su historia clínica-, es una materia propia de protección de datos de carácter personal o de acceso a la información púbica, y ello a efectos de determinar el órgano competente para resolver dicha solicitud; y (II), para el caso de que se entendiera que estamos ante una materia propia de acceso a la información pública y se confirmara la competencia de la GAIP para resolver, si el interesado tiene derecho a obtener del responsable del tratamiento la identidad de tercero que pudiera haber accedido a los datos personales que le conciernen -en este caso, a su historia clínica-.>

  3. ATS 13515/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Interpretar el artículo 20.5 de la Ley General de Subvenciones y el artículo 8 del Real Decreto 130/2019 puestos en relación con la disposición adicional primera.2 de la Ley 19/2013, a fin de determinar si en materia de subvenciones existe un régimen específico de acceso a la información y el carácter reservado de dicha información que suponga que se aplique de forma preferente a las previsiones de la ley de transparencia, quedando esta última como regulación supletoria.>

  4. ATS 13508/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Si a efectos de determinar el tipo a aplicar por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, de los trabajadores de las empresas de trabajo temporal, debe utilizarse el correspondiente al CNAE 7820, (actividades de empresas de trabajo temporal), o el correspondiente a trabajos exclusivos de oficina en el caso de que la empresa usuaria los destine a esa actividad.>

  5. ATS 13513/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si la cumplimentación, en plazo, de un requerimiento de subsanación puede dar lugar a considerar desistido al solicitante si la documentación aportada, a criterio de la Administración requirente, no es considerada suficiente.>

  6. ATS 13517/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <i) si las actuaciones realizadas por la Dirección de Competencia en la fase previa a la incoación del expediente sancionador pueden producir el efecto de interrumpir la prescripción de la infracción y; (ii) si, atendidas las circunstancias del caso, la infracción ha de ser calificada como continuada o como permanente a los efectos de determinar el dies a quo en el cómputo del plazo de prescripción de la acción.>

  7. ATS 13874/2024 es idéntico al anterior en lo que se refiere a la interrupción de la prescripción.

  8. ATS 13518/2024 es idéntico al señalado en el punto 6, si bien introduce una cuestión casacional adicional, a saber:

    <y (iii) solo en el caso de que se confirme la prescripción de la infracción, el determinar si, apreciada por la sentencia de instancia la prescripción de la infracción, se ha infringido o no el derecho a la presunción de inocencia de la recurrente por el hecho de entrar a valorar la infracción imputada y la participación de la recurrente en los hechos.>

  9. Abunda en esta última cuestión casacional el ATS 13551/2024, si bien desde la siguiente perspectiva:

    <si la entidad beneficiada por la Sentencia tiene legitimación para recurrir en vía casacional al apreciarse por Sala la prescripción de la conducta imputada, por el perjuicio reputacional que pueda producir al declararse acreditada la realización de conductas prohibidas en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y en el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de a Unión Europea, que se han considerado como una infracción única y continuada, así como (b) si acordar el precio de los derivados financieros puede ser objeto de exención con arreglo al artículo 101.3 TFUE en la medida en que generen eficiencias aun en el supuesto de haberse acordado «a espaldas del cliente».>

  10. ATS 13514/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si varias modificaciones del contrato que sumadas todas ellas superen el 15% del valor del contrato inicial suponen una modificación sustancial que vulnera el artículo 72 de la Directiva 2014/24/UE e incurre, por ello en la Irregularidad núm. 23 de la Decisión C (2019) 3452 de la Comisión, o si, por el contrario, hay que estar a la naturaleza sustancial o no de cada una de las modificaciones, individualmente considerada, para apreciar la referida Irregularidad.>

  11. ATS 13541/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Interpretar la Disposición Adicional primera, apartado segundo, de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en relación con los artículos 10 y 20.4 de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a fin de determinar si los citados preceptos constituyen, o no, un régimen jurídico específico de acceso a la información que excluya la aplicación de la Ley de transparencia (en relación con una solicitud del denunciante de acceso a la información de las actuaciones de inspección).>

  12. ATS 13523/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si con motivo de la solicitud de un informe de vida laboral, el interesado puede impugnar y la Tesorería General de la Seguridad Social debe incluir, en su caso, los periodos de afiliación, altas y variaciones que se solicitaran, cuando correspondan a los servicios prestados por un trabajador para una empresa que hayan sido así reconocidos por una sentencia firme del orden jurisdiccional social, y ello con independencia de que se haya producido o no cotización en ese mismo espacio temporal por parte de la empresa obligada a ello y de las acciones que proceda ejercer por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social frente a la citada empresa por las cuotas no prescritas.>

  13. ATS 13545/2024 y ATS 13856/2024 aprecian Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si la Administración, tras una sentencia que ha ordenado la retroacción de un proceso selectivo y la repetición de algún ejercicio para algún aspirante que, finalmente, lo supera, puede, en ejecución de la resolución judicial que ordena que se reconozcan a este aspirante los efectos administrativos desde la fecha de toma de posesión de los primeros aprobados, no considerar como tiempo de servicio activo aquellos períodos de tiempo en los que el aspirante, antes de adquirir su condición funcionarial, estuvo trabajando, pasándole de oficio a una situación administrativa distinta de aquella.>

  14. ATS 13544/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si la doctrina sentada en la sentencia n.º 480/2023 es trasladable a los puestos de dirección de zona de salud o equivalentes de los distintos Servicios de Salud autonómicos con independencia de las funciones que tengan atribuidas, y, especialmente, si la misma también resulta de aplicación a las subdirecciones de zona de salud.>

  15. ATS 13547/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si, de acuerdo con el art. 5 g) del Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social, la Subdirección General de Procedimientos Ejecutivos y Especiales de Recaudación es la competente para dictar los acuerdos de derivaciones de responsabilidad, o le corresponde la competencia a los órganos territoriales de la TGSS.>

  16. ATS 13860/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si el hecho de que la información solicitada pudiese repercutir en la imagen y reputación de las entidades sobre las que se solicita la información, en este caso referida a sanciones, integra o no el concepto de intereses económicos y comerciales a que se refiere el límite del artículo 14.1.h) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.>

  17. ATS 13861/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Interpretar el artículo 31.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a fin de determinar, en relación con los gastos de personal, qué debe entenderse como gastos estrictamente necesarios para el desarrollo de la actividad subvencionada, si hay que estar necesariamente a los mínimos legales o fijados en el Convenio Colectivo, o pueden y deben considerarse otras cantidades que perciba el trabajador en concepto de contraprestación por el trabajo realizado y estén dentro del valor de mercado.>

  18. ATS 14188/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <La procedencia -o no- de facilitar el código fuente de la aplicación informática para determinar si se cumplen los requisitos para ser beneficiario del bono social.>

  19. ATS 14187/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si el artículo 5.2 del Decreto 36/2016, de 27 de julio de 2016, por el que se modifica el Decreto 21/2010, de 20 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para promover y facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo, resulta contrario o no a los principios de libertad de establecimiento y de libertad de circulación de trabajadores.>

  20. ATS 14147/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Cuando se trata de la decisión administrativa de no prorrogar un contrato de concesión y de asumir la gestión directa de la prestación del servicio, reafirmar, confirmar o, en su caso, completar la doctrina contemplada en la STS 952/2021, de 1 de julio, dictada en el recurso de casación núm. 337/2020 en torno a la valoración de las repercusiones y efectos sobre el gasto público y, en particular, (i) sobre la suficiencia de la motivación dada para justificar su finalidad en relación a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, y (ii) si la omisión o insuficiencia de esas valoraciones es un supuesto de nulidad del pleno derecho.>

  21. ATS 14186/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si a la luz de la jurisprudencia de esta Sala que interpreta el artículo 36.4 LJCA, contenida, entre otras, en las SSTS de 15 de junio de 2015 (rec. 1762/2014), 13 de julio de 2015 (rec. 1827/2014), 21 de septiembre de 2005 (rec. 5487/2002), 16 de febrero de 2009 (rec. 1887/2007), y 24 de octubre de 2023 (rec. 2491/2022)-, si en el presente caso era necesario ampliar el recurso contra resolución expresa tardía estimatoria parcial.>

Sección Cuarta

Doce Autos:

  1. ATS 13506/2024 y ATS 13505/2024 aprecian Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta en los siguientes términos:

    <La compensación de los Agentes de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid por los días en festivos que -dentro del número previamente establecido- están obligados a trabajar es la contemplada en su regulación específica.>

  2. ATS 13511/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si la potestad de autoorganización del Ayuntamiento a la hora de determinar el régimen de sesiones del Pleno puede verse limitada por la situación de un concejal de la Corporación, también Diputado de una Asamblea autonómica, que se ve imposibilitado de ejercer sus funciones representativas en ambos órganos al coincidir las fechas fijadas para sus sesiones ordinarias.>

  3. ATS 13507/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si de conformidad con lo dispuesto en los artículos 54 y 70 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, es posible reingresar al servicio activo desde la segunda actividad cuando se había accedido a esta de modo voluntario.>

  4. ATS 13699/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si, en caso de familia monoparental, es posible la ampliación del permiso de nacimiento que le hubiera correspondido al otro progenitor en igualdad de condiciones al resto de las familias para evitar la discriminación del menor.>

    Recordad, en este sentido, la reciente Sentencia 612/2024, de 15 de octubre, dictada en el recurso de casación 5372/2022, que fijó como doctrina:

    <que en el caso de las familias monoparentales, el permiso previsto en el artículo 49 del TRLEBEP, ha de ser interpretado, para evitar la discriminación de los menores recién nacidos y teniendo en cuenta el interés superior de los mismos reconocido constitucionalmente, en el sentido de adicionarse al permiso previsto en el apartado a) (16 semanas), el previsto en el apartado b) (10 semanas al excluirse las 6 primeras semanas). Si bien, insistimos, en este caso se solicitó, y se concedió por el Juzgado, únicamente la adición de 8 semanas.>

  5. ATS 13549/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si en los procesos electorales de las federaciones deportivas españolas en las que se ejercite el voto por correo, el domicilio facilitado tiene que guardar una vinculación real con el elector, y, en caso afirmativo si la Junta electoral está facultada para apreciar esa vinculación o el carácter fraudulento de la misma.>

  6. ATS 13522/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <El plazo y el dies a quo para el ejercicio del derecho de resarcimiento de un Guardia Civil por los daños y perjuicios reconocidos en vía penal cuando el criminalmente responsable es declarado insolvente.>

  7. ATS 13521/2024 aprecia interés casacional en una cuestión que ya está resuelta por el Tribunal Supremo en, entre otras muchas, la Sentencia dictada en el recurso de casación n.º 2203/2023 (nota de corte en prueba psicotécnica de acceso a la Policía Nacional en supuestos de retroacción ordenados por Sentencia).

  8. ATS 13858/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si, una vez se ha reconocido por la jurisprudencia el derecho de los miembros de la Guardia Civil de baja por incapacidad temporal (que por tal razón cesen y pasen a la situación de retiro sin previa incorporación al servicio activo) a una compensación económica en la proporción que corresponda por el derecho a las vacaciones anuales devengadas y no disfrutadas, resulta de aplicación el plazo de dieciocho meses que la normativa de permisos y vacaciones de la Guardia Civil establece para solicitar el periodo vacacional no disfrutado por incapacidad temporal b) en todo caso, si el derecho referido en el apartado anterior se encuentra o no sujeto al plazo general de prescripción de cuatro años contemplado en la Ley 4/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.>

  9. ATS 14132/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta (entre otras muchas) por la Sentencia n. º 766/2024, de 7 de mayo, rca 5078/2021. Se trata del asunto referido a las omisiones e inexactitudes constatadas en las declaraciones del beneficiario permiten la revisión de oficio por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social.

  10. ATS 14148/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si atendido el contenido de la Modificación de la Instrucción Técnica 17/12.011 realizada por el General Inspector General del Ejército de Tierra de 6 de abril de 2021, sobre implantación de periodo máximo de estancia en alojamientos logísticos militares, la misma presenta la naturaleza de una disposición de carácter general o resulta, por el contrario, una manifestación de la potestad que asiste a dicha autoridad de dirigir la actividad de los órganos que le están jerárquicamente subordinados>

  11. ATS 14150/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si la existencia de un turno reservado a personas con discapacidad en un proceso selectivo de ingreso en la Administración comporta o no comporta que los aspirantes que concurren por dicho turno deben ser seleccionados para la segunda fase siempre que hayan superado la puntuación mínima (o nota de corte) establecida en las bases de la convocatoria, incluso si su puntuación es inferior a la de algunos aspirantes del turno general que hayan quedado excluidos.>

Sección Quinta

Doce Autos:

  1. ATS 13510/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si la valoración de hechos constatados por denuncia emitida por Agentes de la Autoridad de infracciones a la normativa de caza pueden servir de base para la no autorización o revocación de una licencia de armas, aun cuando dichos hechos no den lugar a una sanción por caducidad del procedimiento sancionador u otra circunstancia derivada de la tramitación administrativa.>

  2. ATS 13512/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si los plazos previstos en el artículo 59 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, , respecto a la elaboración y aprobación los planes de conservación y de recuperación para las especies amenazadas terrestres, son exigibles a las comunidades autónomas, o esta exigencia solo opera para la Administración General del Estado y una vez que una especie se ha incluido en el Catálogo Español de Especies Amenazadas.>

  3. ATS 13509/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si cabe aplicar la previsión contenida en el párrafo 2º de la disposición adicional séptima del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, en cuanto a aplicar un coeficiente corrector en función del tipo de cultivo o explotación, cuando el resultado de las valoraciones se aleje de forma significativa respecto de los precios de mercado del suelo rural, aun cuando no exista sobre el particular desarrollo reglamentario.>

  4. ATS 13540/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <La relevancia que tiene la exacta y precisa identificación de los bienes y derechos a expropiar en los procedimientos de declaración de utilidad pública referidos a proyectos de instalación de plantas de generación eléctrica.>

  5. ATS 13853/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si es legalmente posible, conforme a lo prevenido en el artículo 68 del RGU, la modificación estatutaria de los fines de una Entidad Urbanística de Conservación en orden a asumir determinadas actividades de conservación de la urbanización, entre ellas la relativa a la limpieza del viario público de la urbanización comprensiva de las tareas de recogida de podas, broza y enseres.>

  6. ATS 13855/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Determinar si las solicitudes de visado presentadas a través de la modalidad de cooperación con proveedores de servicios, prevista en los artículos 9.4 y 43 del Código de Visados, computan registradas a efectos legales desde la fecha de su recogida por el proveedor de servicios o desde la fecha de su recepción en el consulado.>

  7. ATS 13857/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si a los efectos de tener por debidamente acreditado el intento de notificación de las resoluciones administrativas dictadas en el marco de un procedimiento iniciado de oficio, resulta exigible que en la documentación acreditativa del mismo consten, además de la identificación del expediente, la fecha, la identidad y el contenido del acto a notificar.>

  8. ATS 13854/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si las comunidades de propietarios pueden ser titulares de una concesión administrativa para la ocupación del dominio público marítimo-terrestre y, en consecuencia, solicitar dicha concesión.>

  9. ATS 13859/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <La incidencia de la existencia de discontinuidades físicas en los distintos elementos que pudieran conformar un sistema natural a los efectos de su consideración como espacio natural protegido.>

  10. ATS 14145/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    <Si las compañías aseguradoras de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas pueden actuar en defensa de sus intereses legítimos ( artículo 19 LJCA) como demandantes en el orden contencioso-administrativo, impugnando resoluciones administrativas a fin de discutir sobre cuestiones inherentes a la responsabilidad patrimonial de la Administración.>

  11. ATS 14146/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <Determinar si el establecimiento, por parte de una Comunidad Autónoma, de una ratio o un cupo máximo anual de extracción del lobo supone una contravención de las medidas de extracción y captura de ejemplares previstas en el apartado segundo de la disposición adicional primera de la Orden TED/980/2021, de 20 de septiembre, por la que se modifica el Anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.>

  12. ATS 14356/2024 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    <(i) Determinar el criterio debe seguirse para fijar la cuantía del asunto a efectos de admisión del recurso de apelación en el caso de resoluciones sancionadoras que imponen también la obligación de indemnizar para reparar el daño causado: si solo ha de estarse al importe de la sanción o debe añadirse el importe de la indemnización reparatoria cuando este importe supere al de la sanción.

    (ii) Para el caso de que se considere que, para calcular la cuantía del asunto a efectos de admisión del recurso de apelación, debe adicionarse al importe de la sanción el importe de la indemnización antedicha, determinar qué criterio debe seguirse cuando se trata de resoluciones que imponen la obligación de indemnizar de un modo solidario: si debe considerarse el total de la indemnización para fijar la cuantía del recurso correspondiente a cada responsable solidario o, por el contrario, debe fragmentarse en atención a la imputación que pudiera haber hecho el órgano que la impone.>

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