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Los treinta y nueve Autos de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo publicados en el Cendoj del 14 al 28 de diciembre de 2025.
Sección Segunda
8 autos:
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ATS 11270/2025; ATS 11262/2025 y ATS 11248/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo en:
<Determinar si para calcular el volumen de operaciones determinante de la causa de exclusión del método de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas, contenida en el art. 31.1. 3ª, b ), b’) Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas , debe computarse o no la compensación a tanto alzado prevista en el artículo 130 Ley 37/1992, de 28 de diciembre del Impuesto sobre el Valor Añadido.>
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ATS 11264/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:
<Determinar si, cuando el sujeto pasivo del Impuesto sobre el Valor Añadido omite indebidamente la aplicación del régimen general y tributa al amparo del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, resulta posible efectuar con posterioridad la repercusión y rectificación de las cuotas del impuesto correspondientes a las operaciones realizadas.>
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ATS 11247/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:
<Determinar la naturaleza de los efectos que deben anudarse a una liquidación aprobada como desenlace de incontrovertidos requerimientos de información ex. artículo 93 LGT y previos al inicio formal del procedimiento inspector, si la de la simple redimensión del plazo del procedimiento inspector a la fecha del primer requerimiento de información o de la nulidad radical del acto de liquidación por haberse prescindido totalmente del procedimiento legalmente establecido de acuerdo con lo dispuesto en las letras e) de los artículos 47.1 LPAC y 217.1 LGT.>
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ATS 11263/2025 aprecia interés casacional en:
<Determinar si, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los intereses de demora derivados de actas de inspección de ejercicios anteriores de rentas susceptibles de gravamen en las personas físicas relativas al desarrollo de su actividad económica tienen o no la consideración de gasto fiscalmente deducible, atendida su naturaleza jurídica y con qué alcance y límites.>
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ATS 11244/2025 aprecia interés casacional en:
<Discernir si debe reconocerse legitimación activa del artículo 19.1.a) de la Ley Jurisdiccional por gozar de interés legítimo del artículo 191 del mismo texto legal a los herederos en un procedimiento de resolución de conflictos en materia de tributos de Estado cedidos a las comunidades autónomas, que decide sobre la competencia acerca de la gestión y el rendimiento del Impuesto sobre Sucesiones y que, en consecuencia, determina la Comunidad Autónoma titular de las competencias para la gestión, inspección, liquidación, recaudación y revisión derivados del fallecimiento del causante.>
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ATS 11258/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:
<Determinar a los efectos del artículo 203.5 del CAU en relación con el artículo 158.1 RDCAU, si los trabajos descritos en las actuaciones, consistentes en alteraciones materiales y funcionales, no suponen modificación ni alteración ninguna sino la devolución del vehículo en el mismo estado en que fue exportado, o por el contrario, se ha producido un cambio significativo que motiva la exclusión del régimen de retorno comunitario, el cual habilita la pertinente exención de derechos de importación.>
Sección Tercera
16 autos:
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ATS 11241/2025 y ATS 11254/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo en determinar:
<Si, en cumplimiento de los criterios fijados en la STJUE de 6 de junio de 2023 (Prestige & Limousine, asunto C-50/21), la limitación del número de licencias VTC que pueden concederse para ejercer dicha actividad empresarial en un determinado territorio, basándose en razones imperiosas de interés general (en este caso medio ambientales), la Administración pública ha de justificar el impacto que la limitación tiene en el medio ambiente y razonar si existen medidas menos gravosas; o si, por el contrario, tiene un importante margen de discrecionalidad para establecer dichas limitaciones en base a estrategias de planificación y evaluación global.>
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ATS 11243/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:
<La forma de calcular el resultado neto por las actividades económicas durante el año 2019, a efectos de ser beneficiario de las ayudas previstas en el Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, cuando la entidad solicitante de la ayuda se encuentra acogida a la presentación del Impuesto de Sociedades fuera del ejercicio por año natural.>
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ATS 11242/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:
<Interpretar los artículos 25.2 de la Ley 30/2015, en relación con el 128.2 de la Ley 40/2017, a fin de determinar si el control y verificación de la documentación presentada, la elaboración de los informes sobre las alegaciones, y la elaboración de las propuestas relativas a la resolución de las subvenciones supone el ejercicio de una potestad pública o no y, en consecuencia, si esa actividad puede ser encomendada a una fundación -en este caso, a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo-.>
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ATS 11250/2025 y ATS 11251/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo en:
<1ª.- Determinar si el dies a quo del plazo máximo para adjudicar el contrato previsto en el artículo 158.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), es el día siguiente al de la apertura de las proposiciones, o si, por el contrario, debe considerarse que este plazo es sucesivo al previsto en el artículo 150.2 de la LCSP para la cumplimentación del requerimiento de la documentación previa a la adjudicación.
2º.- Si existe un dies ad quem para que el licitador pueda ejercer su derecho a retirar su oferta con devolución de la garantía provisional -y sin imposición de penalidad- conforme a lo previsto en el artículo 158.4 de la LCSP, una vez incumplido el plazo máximo para adjudicar el contrato por parte de la Administración contratante. En caso afirmativo, determinar si el dies ad quemse sitúa en el momento en el que se requiere al licitador cuya oferta ha sido designada la más ventajosa para aportar la documentación previa a la adjudicación ex artículo 150.2 de la LCSP; o si, por el contrario, no existe dies ad quempara el ejercicio de dicho derecho.
3º.- Si el artículo 150.2 de la LCSP únicamente permite la imposición del importe íntegro de la penalidad previsto en el mismo o si, por el contrario, permite imponer una penalidad de importe inferior en atención a las circunstancias concurrentes, entre ellas, la falta de adjudicación del contrato en el plazo establecido para ello.>
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ATS 11246/2025; ATS 11324/2025; ATS 11245/2025; ATS 11259/2025; ATS 11255/2025; ATS 11257/2025 y ATS 11256/2025 aprecian interés casacional en una cuestión que ya está resuelta por la Sentencia n.º 1132/2025, de 12 de septiembre de 2025, casación núm. 4575/2022, en los siguientes términos:
<El artículo 216.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en la redacción dada por la reforma del Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de febrero, permite a las partes de un contrato administrativo fijar en las cláusulas contractuales un régimen de pago al contratista diferente al previsto en el citado precepto siempre que no sea abusivo para el contratista ni tampoco contrario al interés público, al ordenamiento jurídico y a los principios de buena administración, de transparencia y de eficiencia entendidos como principios esenciales de la contratación en el ámbito del sector público que actúan como límites en el ejercicio de la autonomía de la voluntad de las partes.
En ningún caso, la libertad de pactos permite a las partes de un contrato administrativo acordar cláusulas que supongan privar a la Administración de la potestad que tiene para realizar los ajustes y las comprobaciones necesarias en relación con los servicios prestados por el contratista antes de proceder a su pago ya que esa facultad supone una manifestación del principio de eficiencia en cuanto al uso óptimo de los recursos públicos en la medida en que pretende apreciar que los servicios prestados se adecuan efectivamente a la ejecución del contrato formalizado.
En relación con el ejercicio de esa potestad por parte de la Administración, las partes de un contrato administrativo únicamente pueden adoptar pactos que supongan reducir el plazo máximo de 30 días previsto en el artículo 216.4 antes citado.>
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ATS 11272/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:
<Determinar si el principio de unidad de explotación turística aplicable a las viviendas vacacionales previsto en la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias supone una limitación a la libre prestación de servicios; o si, por el contrario, encuentra amparo y justificación legal en razones de interés general.>
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ATS 11273/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:
<Interpretar el artículo 2 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito -actual artículo 117 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades de crédito-, y el artículo 137.2 de la Ley 30/1992 -actual artículo 77.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas- a fin de que matizar, precisar o, en su caso, completar la jurisprudencia existente sobre la determinación del momento en que debe reanudarse el cómputo del plazo de caducidad cuando ha mediado suspensión por la existencia de actuaciones penales sobre los mismos hechos y el alcance del deber de diligencia exigible a la Administración para informarse sobre el estado del procedimiento penal.>
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ATS 11265/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:
<Dilucidar si concurre el efecto de cosa juzgada, en los términos del artículo 222.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cuando se ejercitan las acciones de reclamación del pago de intereses de demora y de costes de cobro en un lapso temporal diferente, en diferentes procesos, cuando los intereses y los costes de cobro traen causa de un mismo contrato y de las mismas facturas.>
Sección Cuarta
5 autos:
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ATS 11323/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:
<i) si, en aplicación de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Islas Baleares, los modelos de conjunción lingüísticos aprobados por cada centro educativo pueden establecer la exclusión total de la lengua castellana como lengua docente o vehicular; y
(ii) si, en tal caso, resulta discriminatorio y contrario al derecho a la igualdad, que el modelo adaptativo previsto ante el establecimiento de un sistema de conjunción lingüística donde la docencia en idioma castellano quede totalmente excluida, sea la elección de otro centro escolar que haya aprobado un proyecto lingüístico que oferte su enseñanza en las dos lenguas oficiales.>
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ATS 11239/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:
<Si es preciso recurrir las resoluciones finalizadoras de los procesos selectivos para solicitar la extensión de los efectos de una sentencia firme que hubiera reconocido una situación jurídica individualizada a otro aspirante en ese mismo proceso selectivo.>
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ATS 11271/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:
<Cuáles son los criterios por los que las Administraciones Públicas deben regirse tratándose del acceso a las bolsas de interinos docentes con la finalidad de salvaguardar los principios de mérito y capacidad, y, en particular, si a los efectos de acceder a dichas bolsas, pueden remitirse a las titulaciones que se exigen en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes.>
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ATS 11278/2025 aprecia interés casacional a los efectos de matizar y completar la jurisprudencia fijada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en su sentencia n.º 548/2024, de 4 de abril, dictada en el recurso de casación n.º 303/2022. Los términos del Auto son los que siguen:
<i. Determinar si cabe reemplazar la aprobación del Programa Individual de Atención para concretar la prestación a la que habría accedido el beneficiario de no haber fallecido, por una resolución en la que la Administración competente reconozca su responsabilidad patrimonial por el retraso en la tramitación de dicho Programa y establezca el importe de la indemnización correspondiente a sus herederos, sin determinar previamente la prestación que hubiera debido reconocerse al beneficiario fallecido.
ii. Determinar si al importe que se reconozca a los herederos de la persona fallecida debe añadirse la suma que alcancen los intereses desde que debió prestarse el servicio o pagar la prestación hasta el efectivo pago de la indemnización.>
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ATS 11249/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:
<Si cabe otorgar a un colegio profesional la condición de interesado cuando, habiendo denunciado una presunta conducta infractora, se incoa un procedimiento sancionador del que pudieran resultar afectados sus derechos y/o intereses legítimos, o los de sus colegiados o usuarios de los servicios que estos prestan.>
Sección Quinta
10 autos:
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ATS 11322/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:
<Reafirmar, complementar, matizar y, en su caso, corregir o rectificar la doctrina jurisprudencial que establece que la simple existencia de antecedentes penales no conlleva necesariamente la denegación de la autorización de residencia temporal cuando la petición se sustenta en circunstancias excepcionales de arraigo familiar al ser necesario ponderar todas las circunstancias concurrentes en el solicitante.>
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ATS 11277/2025; ATS 11276/2025 y ATS 11274/2025 aprecian Interés Casacional Objetivo en:
<Determinar cuál es el régimen jurídico de aplicación a un extranjero solicitante de protección internacional que se encuentra en un Centro de Atención, Emergencia y Derivación (CAED).>
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ATS 11266/2025 y ATS 11268/2025 aprecian interés casacional en:
<Reafirmar, reforzar o en su caso aclarar, la doctrina sentada en la STS de 30/01/2024, rec. 6178/2022 (ECLI:ES:TS:2024:584), sobre la innecesaridad de que, a efectos de la actuación ante órganos judiciales unipersonales en los supuestos de que se haya designado letrado y procurador del turno de oficio, tenga que realizarse por el recurrente el otorgamiento de la representación al procurador mediante poder notarial o comparecencia apud acta.>
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ATS 11260/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:
<Determinar si en los supuestos de estimación íntegra del recurso de apelación es posible imponer las costas procesales a la parte recurrida.>
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ATS 11261/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:
<Determinar si a los efectos del cálculo de la cuantía del procedimiento para su acceso al recurso de apelación, cuando éste versa sobre la restauración de la legalidad urbanística e imponiendo la resolución administrativa la demolición de una obra, debe atenderse al coste de la demolición o al coste total de la construcción que debe ser demolida.>
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ATS 11269/2025 aprecia Interés Casacional Objetivo en:
<Determinar si, a efectos de fijación del justiprecio, en el régimen de valoración conjunta de suelo y edificaciones en el suelo urbanizado por el método de comparación, tratándose de inmuebles que hayan quedado de forma sobrevenida en situación de fuera de ordenación, debe aplicarse al mismo tiempo el criterio de antigüedad recogido en el artículo 35.3 TRLS, y el coeficiente reductor por antigüedad recogido en el artículo 6.5 RVLS.>
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ATS 11267/2025 aprecia interés en:
<Reafirmar, reforzar, complementar, y, en su caso, matizar, nuestra jurisprudencia sobre el control jurisdiccional de las declaraciones de impacto ambiental y, en concreto, determinar si son susceptibles de impugnación autónoma las Declaraciones de Impacto Ambiental desfavorables emitidas en proyectos de instalaciones de generación eléctrica comprendidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.>
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