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Los ciento noventa y tres Autos de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo publicados en el Cendoj del 11 al 24 de mayo 2026.

Sección Segunda

41 autos:

  1. ATS 4371/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “2.1.Aclarar si en el concepto de «partícipe» empleado por el artículo 18.2.a) de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades pueden entenderse incluidos los supuestos de vinculación indirecta socio-sociedad, cuando la persona física no es socio directo pero es socio del 50% de otra entidad que, a su vez, es socia única de la primera., cuando la persona física no es socio directo pero es socio del 50% de otra entidad que, a su vez, es socia única de la primera. 2.2.Determinar los efectos de la nulidad de una actuación de entrada en domicilio constitucionalmente protegido sobre la validez de la liquidación tributaria basada en un informe de valoración de operaciones vinculadas en el que se han utilizado las fotografías y datos obtenidos en la diligencia declarada nula, cuando anteriormente se hubiera solicitado autorización de la obligada tributaria para la entrada y ésta no se hubiera facilitado.”

  2. ATS 4359/2026; ATS 4360/2026; ATS 4328/2026; ATS 4337/2026; ATS 4330/2026; ATS 4338/2026; ATS 4334/2026; ATS 4336/2026; ATS 4326/2026; ATS 4355/2026; ATS 4300/2026 y ATS 4356/2026 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    “2.1.Determinar si, en los procedimientos de devolución de ingresos indebidos correspondientes al tramo autonómico del Impuesto Especial de Hidrocarburos instados por quienes lo soportaron como repercutidos legales, puede la Sala de instancia a la vista del 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea acordar de oficio una diligencia final consistente en una prueba vía informe de la propia Administración, para determinar si se produjo la traslación económica y la neutralización de los efectos del tributo, cuando la Administración no acreditó tal extremo en vía administrativa ni solicitó el recibimiento del pleito a prueba. 2.2.Delimitar el alcance probatorio de los informes elaborados por los funcionarios de una Administración que es parte en el proceso, a efectos de acreditar que un impuesto declarado contrario al Derecho de la Unión ha sido trasladado económicamente a terceros por el repercutido legal que tendría derecho a su devolución, por haberlo soportado, y, en particular, si la condición de parte procesal de la Administración priva a tales informes de la objetividad y del valor probatorio reforzado que se presume por razón de su origen. 2.3.Esclarecer si, declarado un impuesto especial sobre el consumo de productos derivados del petróleo contrario al Derecho de la Unión Europea y, en interpretación de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, al juzgar las solicitudes de devolución del tributo instadas por quienes lo soportaron como repercutidos legales, basta para excluir el reintegro constatar que el gravamen ilegal fue trasladado vía precio a los clientes o si, además, es exigible un pronunciamiento expreso sobre si ese traslado ha neutralizado efectivamente en el patrimonio del reclamante las consecuencias económicas derivadas del pago de la ilegal carga fiscal al tener el consumidor final acción civil para reclamar al repercutido legal.”

  3. ATS 4314/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “2.1.Reiterar la naturaleza vinculante que tiene una afirmación fáctica establecida en una sentencia firme precedente, en relación con otra sentencia ulterior dictada por la misma Sala y Sección, con idéntica composición y pronunciada unos meses después de la primera, con la que existe absoluta conexidad, al concurrir entre ambas sentencias identidad objetiva y reforzada vinculación subjetiva. 2.2.En particular, aclarar si la afirmación de la primera de las sentencias, que determina la fecha en la que se pone de manifiesto una ganancia patrimonial como consecuencia la venta de un inmueble, puede ser negada, en la segunda sentencia, sin explicar las razones determinantes del cambio en los hechos, en su apreciación o en el criterio del tribunal sentenciador, so pena de originar con ello una valoración arbitraria de la prueba, en tanto que ningún hecho puede ser y no ser al mismo tiempo, con lesión del principio de seguridad jurídica del artículo 9.3 de la Constitución y con sacrificio del derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión del artículo 24 del propio Texto Fundamental.”

  4. ATS 4370/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si, puede ser declarado responsable solidario como causante o colaborador en la ocultación o transmisión de bienes o derechos del obligado al pago con la finalidad de impedir la actuación de la Administración tributaria al amparo del artículo 42.2.a) LGT el progenitor que acepta en nombre de sus hijos menores una donación no onerosa de inmuebles propiedad del otro progenitor deudor de la Hacienda Pública.”

  5. ATS 4310/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si los principios de regularización íntegra y buena administración permiten revisar liquidaciones provisionales dictadas por la administración tributaria como desenlace de un procedimiento declaración en aquellos aspectos que favorezcan al contribuyente cuando se inicie posteriormente un procedimiento inspector de alcance general que comprenda el periodo impositivo ya liquidado.”

  6. ATS 4313/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si, en los supuestos en que los interesados que estén siendo objeto de un procedimiento de gestión tributaria rechacen la incorporación al caudal hereditario de bienes y derechos en virtud de las presunciones establecidas en el artículo 11 LISD, la Comunidad Autónoma tiene que seguir obligatoriamente el procedimiento para la adición de bienes a la masa hereditaria previsto en el artículo 93 RISD.”

  7. ATS 4311/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    Determinar, a la luz de los principios de proporcionalidad, íntegra regularización y buena administración, cuál debe ser la base de cálculo de la sanción tributaria, prevista en el artículo 191 de la LGT, en aquellos supuestos de regularizaciones de negocios simulados en las que se imputan al contribuyente persona física rentas que fueron declaradas por la sociedad simulada, aclarando si aquella base debe ser bien la cantidad dejada de ingresar por la persona física o, por el contrario, la diferencia entre esta cantidad y la cantidad ingresada por la sociedad respecto de las mismas rentas.”

  8. ATS 4312/2026 se pronuncia en términos similares:

    Determinar, a la luz de los principios de proporcionalidad, íntegra regularización y buena administración, cuál debe ser la base de cálculo de la sanción tributaria prevista en el artículo 191 de la LGT, en aquellos supuestos de regularizaciones de negocios simulados en los que se imputan al contribuyente persona física operaciones que fueron declaradas por la sociedad simulada, aclarando si aquella base debe ser bien la cantidad dejada de ingresar por la persona física o, por el contrario, la diferencia entre esta cantidad y la cantidad ingresada por la sociedad respecto de las mismas operaciones.”

  9. ATS 4357/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si, en las transmisiones de bienes inmuebles, el valor de referencia fijado por la Dirección General del Catastro conforme a lo establecido en el artículo 10 Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados, es el que debe servir de base imponible en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, en todo caso; o, se trata de una presunción iuris tantum que puede ser desvirtuada en vía contencioso administrativa mediante otros medios de prueba, incluidos los informes periciales, que permitan acreditar que el valor del bien es inferior al valor de referencia.”

  10. ATS 4329/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “2.1.Determinar si el concepto «rentas anuales» del cónyuge con discapacidad, contenido en el artículo 81.bis.1.d) de la LIRPF a efectos de aplicar la deducción que dicho precepto establece, comprende las rentas obtenidas por el cónyuge con discapacidad durante todo el año natural, con independencia del período impositivo del contribuyente y, de modo singular, con independencia de que el período impositivo de este último se rija por el artículo 13.1 de la LIRPF por haber fallecido en un día distinto al 31 de diciembre; o bien si deben computarse solo las rentas del cónyuge obtenidas hasta el día del fallecimiento del contribuyente y aplicarse la deducción en la proporción que supone la parte del año anterior al fallecimiento. 2.2.Aclarar si el concepto «rentas anuales» del cónyuge con discapacidad, contenido en el artículo 81.bis.1.d) de la LIRPF a efectos de aplicar la deducción que dicho precepto establece comprende pensión de viudedad obtenidas por el cónyuge con discapacidad que se produce como consecuencia del fallecimiento del obligado tributario.”

  11. ATS 4335/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si, a efectos de la exención prevista en el artículo 4.8. Dos de la Ley 19/1991, del Impuesto sobre el Patrimonio, los bienes inmuebles de titularidad de una entidad cuya actividad económica consiste en el arrendamiento, cuando son cedidos al propio sujeto pasivo o a integrantes del grupo de parentesco a que se refiere el artículo 5 del Real Decreto 1704/1999, quedan excluidos en todo caso de la consideración de elementos afectos por razón de ese uso personal, o si, por el contrario, pueden reputarse afectos cuando la cesión se articula mediante contrato oneroso y a valor de mercado, todo ello en interpretación de lo dispuesto en el artículo 6.3 del citado Real Decreto.”

  12. ATS 4333/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si el artículo 12.3 TRLIS, cuando prevé la minoración del valor fiscal de adquisición de las participaciones con las cantidades deducidas en periodos impositivos anteriores, se refiere exclusivamente a las cantidades efectivamente deducidas o, por el contrario, a las que hubieran podido deducirse con independencia de que se hubiera efectuado o no dicha deducción.”

  13. ATS 4332/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “2.1.Determinar si las liquidaciones tributarias practicadas por el concepto de Impuesto sobre Actividades Económicas, sucesivas a la modificación de la ordenanza fiscal, exigen la notificación personal y expresa del acto o si dicha notificación individual solo es aplicable a supuestos de modificación de la base imponible. 2.2.En caso de que no sea exigible la notificación personal, determinar si el plazo para la interposición del recurso de reposición contra las liquidaciones tributarias practicadas por el concepto de Impuesto sobre Actividades Económicas, sucesivas a la modificación de la ordenanza fiscal, se computa a partir del día siguiente al de finalización del período voluntario de pago o al de finalización del período de exposición pública de los correspondientes padrones o matrículas de contribuyentes u obligados al pago.”

  14. ATS 4358/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si en los supuestos en los que el contribuyente presente en el curso de un procedimiento inspector una escritura de rectificación de los valores inicialmente declarados fundada en una tasación pericial con el objeto de fundamentar la incorrecta asignación de valor de los bienes consignados en su autoliquidación sin solicitar la rectificación de la autoliquidación el acuerdo de liquidación debe aceptar esa nueva valoración.”

  15. ATS 4331/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si constituye hecho imponible del IVA o, en su caso, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, la enajenación por adjudicación en subasta pública por la Tesorería General de la Seguridad Social de bienes inmuebles del patrimonio de la Seguridad Social, conforme a lo establecido en el artículo 15 del Real Decreto 1221/1992, de 9 de octubre, sobre el patrimonio de la Seguridad Social.”

  16. ATS 4327/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “2.1.Determinar si, la presentación de una autoliquidación complementaria, con ingreso, una vez iniciado un procedimiento de inspección -autoliquidación que se torna espontánea, en virtud del artículo 150.6 de la Ley General Tributaria, por incumplimiento del plazo de duración del procedimiento de inspección- permite aplicar las exoneraciones de responsabilidad, establecidas en el artículo 179.3 y 191.1 de la Ley General Tributaria, de la infracción consistente en falta de ingreso en plazo de la deuda tributaria, infracción derivada de una simulación de actividad económica. 2.2.En caso de que la respuesta a la anterior pregunta sea afirmativa, precisar si el enervamiento de responsabilidad del artículo 179.3 o del 191.1 de la Ley General Tributaria se aplica aun cuando el contribuyente practica una regularización distinta de la que finalmente se considera correcta -trimestre al que se imputa la regularización- o si, por el contrario, este supuesto se subsume, en todo caso, en el tipo infractor del artículo 191.6 de la Ley General Tributaria, por no cumplir los requisitos del artículo 27.4 de la Ley General Tributaria.”

  17. ATS 4341/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar el momento en el que se produce el devengo del impuesto de transmisiones patrimoniales en aquellos supuestos en los que se lleva a cabo la transmisión de un bien inmueble mediante subasta judicial, si en la fecha de la firmeza del decreto de adjudicación o bien en la fecha de la entrega del testimonio de dicho decreto.”

  18. ATS 4594/2026; ATS 4590/2026 y ATS 4652/2026 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si han de entenderse incluida en el término «prestaciones» contenida en los artículo 16 y 20 del Convenio de sede entre el Reino de España y la Organización Mundial del Turismo, hecho en Madrid el 25 de junio de 2015, las prestaciones por jubilación percibidas en forma de renta por quién fue funcionario de la Organización Mundial del Turismo; y, si las mismas están o no exentas en España del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.”

  19. ATS 4604/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Reafirmar, reforzar o completar la jurisprudencia existente en relación con la procedencia de invocar la cosa juzgada material como basamento para la desestimación de un recurso dirigido contra una ordenanza municipal que, anteriormente había sido confirmada por el mismo órgano jurisdiccional, sin tomar en consideración la nueva doctrina jurisprudencial invocada por el recurrente con el argumento de que no existía entonces.”

  20. ATS 4605/2026; ATS 4603/2026 y ATS 4600/2026 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    “2.1.Determinar si en los supuestos de aprobación o modificación de una ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario del art. 20.6 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales resultan preceptivos, además de los trámites del mencionado artículo y de los exigidos en el artículo 49 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la incorporación al expediente del informe técnico-económico previsto en el art. 25 del TRLRHL para el establecimiento de tasas. 2.2.Aclarar si en los supuestos de aprobación de una Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario del art. 20.6 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales resulta de aplicación la exigencia de la Memoria económico del art. 5 de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, y art. 12 del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero de 2017. 2.3.En caso de que la respuesta a alguna de las anteriores preguntas fuera que sí se reputa preceptiva la evacuación de dicho instrumento técnico-económico, precisar si su emisión se encuentra sujeta a reserva funcional a favor de los funcionarios públicos de la entidad local matriz, o si, por el contrario, resulta ajustado a derecho que sea emitido por el personal técnico de la propia sociedad mercantil de capital público prestataria del servicio.”

  21. ATS 4591/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo e una cuestión que ya está resuelta por la sentencia de 31 de octubre de 2025 (recurso de casación n.º 561/2024), que fijó la siguiente doctrina:

    “[…] El procedimiento de inspección catastral para regularizar la descripción catastral de un inmueble, previsto en el artículo 11.2.c TRLCI, tiene como plazo máximo de duración el fijado en el artículo 150.1 LGT, aplicable supletoriamente según lo dispuesto en el 19 TRLCI. El incumplimiento de ese plazo no determina la caducidad del procedimiento, de acuerdo con el artículo 150.6 de la citada LGT.”

  22. ATS 4648/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si, la presentación de una declaración rectificativa (Modelo 200) -tras el inicio de un procedimiento de inspección producido por el transcurso de diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que el obligado tributario hubiese accedido al contenido del buzón electrónico donde consta la comunicación de inicio de actuaciones inspectoras- permite aplicar las exoneraciones de responsabilidad, establecidas en el artículo 179.3 de la Ley General Tributaria, a la infracción consistente en determinar o acreditar improcedentemente partidas positivas o negativas o créditos tributarios aparentes.”

  23. ATS 4649/2026 y ATS 4668/2026 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    “2.1.Determinar si las exigencias de motivación propias de cualquier acto de liquidación tributaria, cuando se trata de una regularización basada en la modificación del valor atribuido a operaciones entre partes vinculadas, requieren de una identificación detallada de los distintos parámetros previstos en la norma analizados y una referencia precisa a los concretos criterios interpretativos fijados por los organismos especializados en la materia que han llevado a la elección e implementación del concreto método de valoración utilizado. 2.2.Precisar si, una vez elegido el método por la Administración y aplicado para llegar a un resultado, se exige de forma ineludible algún tipo de contraste o comparación con las condiciones que habrían suscrito entidades independientes en circunstancias similares para que pueda considerarse como fiable. 2.3.Aclarar si, para el caso de que se proceda a aplicar el método de la distribución del resultado, puede seleccionarse cualquier criterio de distribución del resultado entre las partes intervinientes en la operación vinculada y, más concretamente, si es posible emplear como parámetro la proporción a los costes de explotación de cada una de ellas, sin tener en cuenta los riesgos, funciones y responsabilidades asumidas. 2.4.Esclarecer si, de procederse a la aplicación del método de la distribución del resultado, es posible efectuar la distribución del resultado excluyendo del cálculo los datos de una de las sociedades integrantes de la cadena de producción de valor que interviene en la conformación de dicho resultado.”

  24. ATS 4651/2026 y ATS 4665/2026 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    “2.1.Determinar si la posibilidad de solicitar la rectificación de una autoliquidación está sometida al plazo de prescripción de cuatro años del artículo 66.c) Ley General Tributaria; o, si, por el contrario, los artículos 120.3 de la Ley General Tributaria y 126.2 del Reglamento General de las Actuaciones Tributarias permiten presentar la solicitud de rectificación mientras no haya prescrito el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación. 2.2.Aclarar si las actuaciones de comprobación o inspección iniciadas por la Administración, que concluyan con una liquidación provisional, interrumpen el plazo de prescripción para solicitar la rectificación de una autoliquidación cuando el elemento de la obligación tributaria que el interesado trata de rectificar difiere de los elementos regularizados en dicha liquidación provisional.”

Sección Tercera

9 autos:

  1. ATS 4322/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si el artículo 39.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, debe interpretarse en el sentido de que, cuando el beneficiario haya comunicado expresamente a la Administración su incumplimiento y haya solicitado la devolución de la subvención, el inicio del cómputo del plazo de cuatro años de prescripción del derecho de la Administración a reconocer o liquidar el reintegro debe comenzar en ese momento, en lugar de en el momento en que venza el plazo durante el que se haya establecido que el beneficiario debe cumplir o mantener sus obligaciones.”

  2. ATS 4321/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar, cuando se solicite la suspensión de una declaración de zona de gran afluencia turística con limitaciones de carácter temporal o territorial, si subyace en la regulación de horarios comerciales un interés general en la libertad horaria que deba tomarse en consideración al ponderar los intereses en conflicto.”

  3. ATS 4394/2026 y ATS 4395/2026 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar (I) si la regulación contenida en el artículo 99.5.a) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, para el otorgamiento de las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor, en la medida en que impone limitaciones medioambientales que no recaen sobre otros servicios de transporte por carretera interurbanos, resulta compatible con los artículos 14 y 38 de la Constitución Española; (II) si, atendiendo a los criterios fijados en la STJUE de 6 de junio de 2023 (Prestige & Limousine,asunto C-50/21 ), dicha regulación resulta compatible con el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, con el respeto al principio de proporcionalidad; teniendo en cuenta, en particular, que tal regulación resulta aplicable en todos los procedimientos sobre autorizaciones de arrendamiento con conductor pendientes de otorgamiento en el momento de su entrada en vigor, lo que determina que no pudiera ser conocida de antemano por los solicitantes.”

  4. ATS 4392/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Aclarar, matizar, reforzar o, eventualmente, corregir o rectificar, la doctrina ya fijada por esta Sala, entre otras en STS de 23 de enero de 2008 (recurso de casación n.º 5560/2006), en relación con el perjuicio reputacional irreparable en el caso de que se anulase la sanción en sede contencioso-administrativa, y aclarar si resulta pertinente el planteamiento de la cuestión prejudicial que solicita la actora.”

  5. ATS 4391/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si el principio de unidad de explotación turística aplicable a las viviendas vacacionales previsto en la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias supone una limitación a la libre prestación de servicios; o si, por el contrario, encuentra amparo y justificación legal en razones de interés general.”

  6. ATS 4393/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Si las entidades a las que se refiere el artículo 5 del Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre, de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad, ostentan o no legitimación para recurrir las resoluciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, dictadas al amparo del artículo 18.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, de aprobación de las liquidaciones definitivas de actividades reguladas, aunque no sean empresas sujetas a tal liquidación.”

  7. ATS 4645/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “(I) si la obligación de las empresas que presten servicios VTC, prevista en el artículo 182.6 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, de tener cubierta, mediante uno o varios seguros u otras garantías financieras, su responsabilidad civil por los daños que pudieran sufrir los viajeros como consecuencia del transporte, resulta exigible en tanto no se haya producido el desarrollo normativo relativo a servicios previsto en el artículo 21.1 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; y (II), en caso de respuesta afirmativa, si dicha cobertura debe incluir los daños corporales.”

  8. ATS 4753/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo:

    “(i) En determinar si el artículo 97.3 del Real Decreto Legislativo 1/2015 de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios (TRLGURM) configura un régimen específico de acceso a la información que suponga su aplicación preferente sobre las previsiones de la Ley de Transparencia, a los efectos previstos en el apartado 2 de su disposición adicional primera; (ii) en interpretar el artículo 97 TRLGURM al amparo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIBG) a fin de determinar si la reserva de confidencialidad de la información sobre aspectos técnicos, financieros y económicos entregada por el laboratorio farmacéutica al Ministerio de Sanidad debe entenderse en sentido que abarque también el precio de financiación del medicamento fijado por la Comisión Interministerial de Precios de Medicamentos y la información relativa a su impacto en los presupuestos sanitarios; y (iii) en determinar si la garantía de confidencialidad está justificada cuando el proceso de toma de la decisión está en curso, o si se extiende también una vez tomada la decisión.”

Sección Cuarta

125 autos:

  1. ATS 4642/2026; ATS 4662/2026; ATS 4643/2026; ATS 4647/2026; ATS 4644/2026; ATS 4641/2026 y ATS 4664/2026 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si es discriminatorio, a propósito de la progresión en la carrera profesional del Servicio Gallego de Salud, el trato dispensado al personal que, habiendo tenido con la Administración un vínculo temporal, y habiendo accedido al grado inicial de la carrera profesional con tal vinculo, pretenda progresar en grado desde su posteriormente reconocida condición de personal estatutario fijo, por no serles de aplicación la exoneración del requisito de permanencia en el grado inmediatamente anterior, que si cumple para quienes hubiesen tenido reconocida la condición de personal estatutario fijo con anterioridad al 31 de diciembre de 2011.”

  2. ATS 4640/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en una cuestión que ya está resuelta por la sentencia n.º 195/2026, de 19 de febrero, dictada en el recurso de casación n.º 2442/2024, que fija como doctrina:

    “Los actos administrativos consentidos y firmes, por no haber sido objeto de recurso en el plazo establecido, y cuya nulidad de pleno derecho se afirme, solamente podrán ser removidos mediante el procedimiento de revisión de oficio previsto por el artículo 106 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.”

  3. ATS 4348/2026; ATS 4299/2026; ATS 4296/2026; ATS 4353/2026; ATS 4307/2026; ATS 4298/2026; ATS 4303/2026; ATS 4343/2026; ATS 4351/2026; ATS 4342/2026; ATS 4315/2026; ATS 4346/2026; ATS 4302/2026; ATS 4349/2026; ATS 4350/2026; ATS 4339/2026; ATS 4304/2026; ATS 4345/2026; ATS 4319/2026; ATS 4317/2026; ATS 4306/2026; ATS 4347/2026; ATS 4318/2026; ATS 4301/2026; ATS 4297/2026; ATS 4344/2026; ATS 4305/2026; ATS 4352/2026; ATS 4316/2026; ATS 4308/2026; ATS 4363/2026; ATS 4587/2026; ATS 4572/2026; ATS 4578/2026; ATS 4581/2026; ATS 4583/2026; ATS 4574/2026; ATS 4366/2026; ATS 4577/2026; ATS 4576/2026; ATS 4373/2026; ATS 4387/2026; ATS 4575/2026; ATS 4384/2026; ATS 4585/2026; ATS 4367/2026; ATS 4364/2026; ATS 4381/2026; ATS 4369/2026; ATS 4579/2026; ATS 4573/2026; ATS 4582/2026; ATS 4762/2026; ATS 4584/2026; ATS 4361/2026; ATS 4580/2026; ATS 4365/2026; ATS 4368/2026; ATS 4362/2026; ATS 4382/2026; ATS 4660/2026; ATS 4626/2026; ATS 4620/2026; ATS 4611/2026; ATS 4627/2026; ATS 4658/2026; ATS 4659/2026; ATS 4625/2026; ATS 4655/2026; ATS 4656/2026; ATS 4628/2026; ATS 4618/2026; ATS 4622/2026; ATS 4621/2026; ATS 4661/2026; ATS 4612/2026; ATS 4629/2026; ATS 4650/2026; ATS 4617/2026; ATS 4606/2026; ATS 4631/2026; ATS 4657/2026; ATS 4633/2026; ATS 4624/2026; ATS 4615/2026; ATS 4653/2026; ATS 4630/2026; ATS 4654/2026; ATS 4623/2026 y ATS 4619/2026 aprecian interés casacional en una cuestión que se ha resuelto por las sentencias núms. 250/2026, 252/2026, 253/2026, de 4 de marzo, recaídas respectivamente en los recursos de casación núms. 7091/2024, 7007/2024 y 7064/2024, en las que se fijó la siguiente doctrina casacional:

    «El complemento por maternidad, regulado por la disposición adicional decimoctava del Real Decreto legislativo 670/1987, de 30 de abril , por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, en su texto introducido por la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, con vigencia entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, para las pensiones a que se refiere el apartado 1º de aquella disposición, puede ser disfrutado por ambos progenitores de manera simultánea, cuando se cumplan los requisitos establecidos en aquella disposición adicional».‍ ‍

  4. ATS 4372/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo, por apartamiento de la doctrina casacional fijada, en determinar:

    “Si resulta de aplicación al caso de autos la jurisprudencia de esta Sala que entiende que las causas de exclusión médica previstas en las bases de la convocatoria del proceso selectivo no deben actuar de forma automática ante la mera constatación del hecho físico, sino que han de interpretarse conforme al principio de proporcionalidad, de modo que la Administración venga obligada a valorar si, tras el examen médico y la prueba practicada, la patología produce un efecto invalidante real para el ejercicio de las funciones propias del cargo.”

  5. ATS 4354/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo, para matizar o complementar la doctrina previa, en:

    “Determinar si resulta encuadrable dentro de la regulación que realiza el artículo 84 del TRLEBEP sobre la movilidad entre Administraciones Públicas, el supuesto de un Policía Local de un determinado Ayuntamiento, que adquiere la condición de Policía Local de otro Ayuntamiento a través del turno de movilidad vertical y su incidencia sobre la consolidación del grado personal reconocido en el Ayuntamiento de origen.”

  6. ATS 4320/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si el régimen de revisión excepcional de precios en los contratos de obras del sector público, previsto en los artículos 6, 7 y 8 del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, ha de referirse exclusivamente a los criterios establecidos en el régimen previsto en el artículo 103.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Concretamente, si las certificaciones del contrato a que se refiere el artículo 7 de Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, han de incluir necesariamente los gastos generales y el beneficio industrial, excluidos por el régimen del artículo 103 de la Ley 9/2017.”

  7. ATS 4374/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Depurar el concepto jurídico de «servicio esencial para la comunidad«; a los efectos de determinar si, en el seno del ejercicio del derecho de huelga, el servicio prestado por los remontes de una estación de esquí tiene la consideración de servicio esencial para la comunidad, en su condición de servicio público regular de transporte de viajeros, y, por tanto, si resulta posible que la autoridad gubernativa adopte las medidas necesarias para asegurar su funcionamiento.”

  8. ATS 4396/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si la doctrina de esta Sala sobre la presunción de acierto e imparcialidad de los informes técnicos administrativos plasmada, entre otras, en la sentencia 202/2022, de 17 de febrero de 2022 (casación 5631/2019), resulta aplicable en este caso en el que el informe administrativo no es el resultado de una comprobación autónoma de la Administración, sino que se limita a reproducir o validar documentación técnica y certificaciones elaboradas por la propia empresa adjudicataria tras la licitación.

    Asimismo, precisar si, en este caso, la exigencia de valoración de la prueba conforme a la sana crítica ( art. 348 LEC) obliga al tribunal de instancia a realizar un análisis comparativo expreso entre dicho informe administrativo y los dictámenes periciales contradictorios de la parte recurrente, a fin de evitar que el acto administrativo adquiera el carácter de prueba tasada o privilegiada.”

  9. ATS 4555/2026; ATS 4556/2026; ATS 4632/2026 y ATS 4634/2026 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    “(i) Reafirmar, reforzar, complementar, y, en su caso, matizar, nuestra jurisprudencia sobre la determinación del dies a quo para el devengo de intereses de demora, por impago de facturas en contrato de suministro, en el sentido de determinar, una vez comprobado por la Administración que los suministros se adecuan efectivamente a la ejecución del contrato formalizado, en qué plazo debe abonar la Administración el importe de la factura, a efectos de determinar el dies a quo para el devengo de intereses de demora, esto es, si debe efectuarlo en el mismo plazo de 30 días desde la presentación de la factura (comprobación y pago en 30 días) o bien, si dispone de un plazo de 30 días desde la comprobación la factura (plazo de comprobación más 30 días para el pago).

    (ii) Reafirmar, reforzar, complementar, y, en su caso, matizar, nuestra jurisprudencia sobre el abono de los costes de cobro y, en concreto, si la cantidad fija de 40 euros por costes de cobro del artículo 8.1 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas para la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, debe interpretarse en el sentido de reconocer que los 40 euros deben abonarse por cada una de las facturas abonadas con demora.

  10. ATS 4386/2026; ATS 4385/2026; ATS 4389/2026 y ATS 4388/2026 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    “Reafirmar, reforzar, complementar, y, en su caso, matizar, nuestra jurisprudencia sobre la determinación del dies a quo para el cómputo de los intereses de demora en el pago de certificaciones de obra en un contrato de obras.”

  11. ATS 4390/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “1º Determinar si para valorar la experiencia previa en el Baremo de méritos previsto en un proceso de estabilización del empleo temporal, para adquisición del vínculo fijo como personal estatutario de los servicios de salud, concurre un fin legítimo para otorgar una puntuación superior a los aspirantes que hayan prestado servicios previos en el mismo servicio de salud u otro del Sistema Nacional de Salud, respecto de aquellos otros aspirantes que hayan prestado servicios en otras administraciones o en países de la UE.

    2º Determinar cuál ha de ser el alcance de la ponderación por el tribunal de instancia de los criterios que han de regir la puntuación del mérito en cuestión, caso de apreciar que la diferente puntuación vulnera el principio de igualdad.”

  12. ATS 4558/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si el ejercicio del derecho a la reducción de jornada por razones de guarda legal de hijos menores por parte de los empleados públicos -en el caso de autos, del personal estatutario de los servicios de salud- conlleva un derecho subjetivo a la elección ad personam de una franja horaria o turno de trabajo específico por motivos de conciliación, o si dicha concreción queda supeditada a las facultades de organización de la Administración, de forma que pueda establecer un determinado turno fijo de trabajo o, en su caso, alterar al previamente establecido y todo por necesidades organizativas.”

  13. ATS 4588/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar: i) si, en ejecución de la sentencia que reconoce al recurrente el derecho a la prolongación del servicio activo con la obligación de la Administración demandada de abono de las retribuciones dejadas de percibir, sin expresa referencia a las vacaciones y a los trienios, puede el juzgador de instancia resolver sobre el devengo de las vacaciones y el nuevo cómputo de los trienios, en pro del principio de economía procesal; ii) si el tiempo transcurrido entre la jubilación forzosa y el reingreso en el puesto de trabajo por resolución judicial tiene el carácter de «tiempo efectivo de trabajo» o es un parámetro indemnizatorio, a los efectos de la procedencia o no de disfrutar o, en su caso, ser compensado económicamente por las vacaciones devengadas y del cálculo de los trienios.”

  14. ATS 4639/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si es extemporáneo o no el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra una resolución administrativa expresa, una vez transcurrido el plazo legalmente previsto en el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción, cuando consta desestimado por silencio administrativo negativo el previo recurso potestativo de reposición interpuesto por la parte recurrente contra la referida resolución.”

  15. ATS 4602/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    Determinar si es conforme a Derecho o no que la Administración modifique las bases de la convocatoria de un proceso selectivo, con posterioridad a la finalización del plazo para presentar solicitudes y tras la publicación de la lista provisional de admitidos, con el fin de corregirlas y adecuarlas al contenido de un previo pacto adoptado por la Mesa Sectorial de referencia.”

  16. ATS 4589/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si, en un proceso de estabilización, convocado al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, procede valorar los méritos (servicios prestados) correspondientes al personal laboral – como es el caso, del personal laboral a extinguir y del personal que presta servicios en centros privados concesionarios – en idénticos términos a los previstos para el personal estatutario temporal.”

  17. ATS 4614/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    Determinar si un presupuesto de una entidad local puede alterar la estructura de los puestos de trabajo, concretamente el puesto de gerente de la entidad local.”

  18. ATS 4663/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Dilucidar si concurre el efecto de cosa juzgada, en los términos del artículo 222.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en los casos en que la propia Administración cambia de criterio apartándose de la sentencia que se invoca a efectos de inadmisión, de forma que reconocida una pensión de jubilación, se plantea si los efectos retroactivos del abono de los atrasos se deben calcular, con sus intereses, en coherencia con ese reconocimiento posterior o desde tres meses anteriores a la fecha de la última solicitud.”

  19. ATS 4635/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    Determinar la configuración y los límites del incidente de nulidad de actuaciones, previsto en el artículo 241 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y si, al amparo del mismo, puede un órgano judicial modificar la fundamentación y el sentido del fallo de la sentencia, dejando sin efecto un pronunciamiento de estimación de la demanda previamente acordado, sustituyéndolo por una desestimación de la misma, al apreciar un error de derecho o de la valoración de la prueba cometido en la sentencia, o si, por el contrario, excede del ámbito propio del incidente de nulidad de actuaciones referido a una sentencia firme.”

  20. ATS 4637/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en determinar:

    “Si en relación con los miembros electos de una nueva corporación local declarados en situación de dedicación exclusiva o parcial, el alta en el Régimen General de la Seguridad Social ha de referirse a la fecha de la solicitud a la TGSS, o bien ha de coincidir con la de la toma de posesión como cargos electos o, en su caso, con la fecha del acuerdo municipal sobre dedicación exclusiva de los interesados.”

  21. ATS 4638/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar respecto de los funcionarios de la Administración de Justica en territorio no transferido, si para las materias del artículo 37.1 del del TREBEP, objeto de negociación, la decisión de negociarlas en una Mesa Delegada y no en una Mesa Sectorial afecta al contenido esencial del derecho fundamental del artículo 28 de la Constitución española, en cuanto que pueda suponer la exclusión de un sindicato en función de su representatividad.”

  22. ATS 4813/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    Determinar si, en aquellos casos en que un servicio público de transporte de viajeros se preste sin amparo contractual, el operador obligado a continuar ejecutando la prestación tiene derecho en todo caso a una compensación que cubra la incidencia financiera neta de la prestación (costes más beneficio razonable) en los términos del Reglamento (CE) 1370/2007, y si tal derecho admite limitaciones o excepciones derivadas de pactos previos sobre el precio del servicio durante la fase de transitoriedad.”

  23. ATS 4827/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    Integrar el concepto de «ajuste razonable» y delimitar la intervención de los poderes públicos respecto de las familias en el ámbito de la ordenación educativa; a los efectos de:

    i) Determinar si constituye un «ajuste razonable» – en los términos expresados en el artículo 18.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social – la presencia en el aula escolar de un asistente personal privado, cuando la Administración educativa se opone a su intervención por considerar que interfiere en el servicio docente.

    ii) Determinar el alcance de la competencia de las administraciones Públicas Educativas en la organización del servicio público docente.”

  24. ATS 4636/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “(i) Determinar si, en relación a la prohibición de contratar recogida en el artículo 71.1.d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, antes de la reforma efectuada por la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, el requisito relativo a la inscripción de los planes de igualdad de las empresas licitadoras ha de cumplirse en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato, o es posible admitir un cumplimiento tardío de este requisito mediante la retroacción de los efectos de la inscripción registral del plan, a los efectos de adjudicación del contrato. (ii) Determinar el alcance del fallo estimatorio, en lo que hace a la adjudicación del contrato, a la empresa excluida, por el tiempo que reste de contrato.”

Sección Quinta

18 autos:

  1. ATS 4554/2026 y ATS 4613/2026 aprecian Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar, en ausencia de régimen transitorio específico, cuál es el Plan Hidrológico aplicable a la comunicación de la solicitud de la inscripción en el Registro de Aguas del uso privativo previsto en el art. 54.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, si el vigente en la fecha de adopción del acto administrativo, Plan Hidrológico del Guadalquivir aprobado por RD 35/2023, de 24 de enero o el vigente en fecha de la solicitud, Plan Hidrológico del Guadalquivir aprobado Real Decreto 1/ 2016, de 8 de enero.”

  2. ATS 4599/2026 y ATS 4598/2026 aprecian el mismo interés que los dos Autos precedente, si bien amplían el supuesto casacional a determinar si:

    “(ii) En caso de que se entienda que el Plan Hidrológico aplicable es el vigente en fecha de solicitud (Plan Hidrológico del Guadalquivir aprobado Real Decreto 1/ 2016, de 8 de enero), determinar si puede el fallo de la sentencia recurrida reconocer directamente a la actora el derecho a la inscripción del aprovechamiento solicitado o si por el contrario se debe acordar la retroacción de las actuaciones de modo que permita a la Administración hidráulica controlar el cumplimiento de las condiciones del derecho conforme a la normativa que se considere de aplicación.”

  3. ATS 4309/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    Reafirmar, reforzar, complementar, y, en su caso, matizar, la doctrina de la Sala sobre la sujeción a evaluación ambiental estratégica de planes urbanísticos, en cuanto a si el órgano sustantivo, en este caso la Administración urbanística, puede determinar que por sus concretas determinaciones un determinado plan no tiene que ser sometido a dicho procedimiento ambiental.”

  4. ATS 4586/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    Reafirmar, aclarar o matizar el criterio sentando por la sentencia de esta Sala de 29 de marzo de 2022 (RCA 3993/2021), sobre la posibilidad de que se declare en sentencia el derecho a la concesión de la nacionalidad española cuando no consten en el expediente el certificado de antecedentes penales en España y demás informes que deba emitir el Ministerio del Interior referidos a la buena conducta cívica.”

  5. ATS 4375/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si ostenta interés legítimo y por ello legitimación activa para poder recurrir la prórroga de una concesión portuaria, otro concesionario promotor de una solicitud concurrente y previa sobre el mismo espacio portuario objeto de prórroga.”

  6. ATS 4378/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si en un recurso contencioso administrativo interpuesto contra un plan urbanístico, con ocasión de la publicación tardía de sus normas urbanísticas, es admisible esgrimir motivos de impugnación referidos al proceso de tramitación del plan, con independencia de que el acuerdo de aprobación definitiva se le hubiera notificado personalmente al recurrente en su momento.”

  7. ATS 4379/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si la bonificación establecida en el número 2.1 letra g) del Anexo I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad, resulta de aplicación únicamente en supuestos de inscripción de escrituras de subrogación de préstamos hipotecarios instados por el deudor hipotecario a favor de otra entidad bancaria o de crédito, o por el contrario, también ha de aplicarse en supuestos de inscripción de escrituras de subrogación de créditos hipotecarios instadas por el acreedor hipotecario, con independencia de la naturaleza de la entidad que se subroga.”

  8. ATS 4377/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si pueden ser aplicables los límites establecidos para la revisión de oficio en el artículo 110 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, como excepción al principio de inexistencia de plazo para recurrir en vía contencioso-administrativa una desestimación presunta producida por silencio administrativo.”

  9. ATS 4376/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    Reafirmar, complementar, matizar y, en su caso, corregir o rectificar la doctrina jurisprudencial relativa a las pretensiones de plena jurisdicción del art. 31.2 de la LJCA, en relación con el derecho del recurrente a que el tribunal en sentencia pueda entrar a conocer, para el pleno restablecimiento de una situación jurídica individualizada, de la solicitud de indemnización de los daños y perjuicios derivada de la anulación de los actos administrativos impugnados.”

  10. ATS 4383/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    Determinar si es posible declarar la imposibilidad legal de ejecución de una sentencia que anula una expropiación como consecuencia de la derogación de la norma que le proporcionaba cobertura legal, en atención a la entrada en vigor de una ley posterior que, con carácter retroactivo, restaura la vigencia de aquella norma.

  11. ATS 4596/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si es un requisito indispensable del procedimiento de tramitación de una solicitud de protección internacional que conste en el expediente administrativo el acta de reunión de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio y las consecuencias de la falta de constancia en el mismo.”

  12. ATS 4601/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “(i) Determinar, si el art. 14.6 del Reglamento CE 1224/2009, en la redacción dada por el Reglamento UE 2023/2842 y en relación con el art. 7.5 de este último, condiciona la entrada en vigor y aplicación de las reglas especiales sobre margen de tolerancia del art. 14.4 del Reglamento CE 1224/2009, en la redacción dada por el Reglamento UE 2023/2842, al dictado por parte de la Comisión de uno o más actos de ejecución por los que se establezcan las condiciones relativas al desembarque y el pesaje de las capturas y se apruebe una lista de los puertos específicamente habilitados o certificados para efectuar tales operaciones. (ii) En caso afirmativo, determinar si el dictado por parte de la Comisión de dichos actos de ejecución supone que deban aplicarse de manera retroactiva las reglas especiales sobre el margen de toleranciaadmisible a operaciones que se realizaron en un puerto que, en ese momento, todavía no estaba habilitado o certificado en el sentido indicado.”

  13. ATS 4607/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si, en procedimientos de expropiación urgente, la fecha de valoración de los bienes objeto de expropiación debe coincidir con el acta de ocupación o con el inicio efectivo de la pieza de justiprecio.”

  14. ATS 4616/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    Reafirmar, complementar, matizar y, en su caso, corregir o rectificar la doctrina jurisprudencial referida a cómo considerar la existencia de una detención policial para justificar la denegación basada en razones de orden público de una renovación de autorización de residencia, teniendo en cuenta en el caso que dicha autorización lo fue por razones de protección internacional de carácter humanitario.”

  15. ATS 4597/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    “Determinar si la Delimitación de los Espacios y Usos Portuarios ha de ser considerada como un plan o programa a los efectos prevenidos en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, quedando, por tanto, sometida a Evaluación Ambiental Estratégica.”

  16. ATS 4592/2026 aprecia Interés Casacional Objetivo en:

    Determinar si la cobertura sanitaria proporcionada por el Sistema Nacional de Salud, de conformidad con lo establecido en los artículos 3, 3 bis y 3 ter de la Ley 16/2003, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, cumple los requisitos para ser considerada el «seguro de enfermedad» exigido para la obtención de la autorización/prórroga de estancia por estudios.”

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