Lo de Soria

7 de mayo de 2024|||

Cuando leí las distintas noticias que se iban publicando sobre el nombramiento de Soria me extrañó mucho la constante referencia que se hacía a la provisión de puestos de funcionarios y al derecho a la carrera profesional del exministro Soria cuando el puesto no era ni de la Administración General del Estado ni de uno de sus Organismos Autónomos. Pero bueno, como cosas más raras se llegan a ver en el BOE, dediqué la noche del lunes a ver si existía, o no, una regulación especifica para el nombramiento de puestos en organizaciones internacionales o intergubernamentales.

Al poco encontré la Ley 2/2014, de 25 de marzo, que regula la acción exterior del Estado. En la misma, en concreto en su art. 54.3, se dice que cuando se ocupa un puesto de trabajo en una organización internacional –como sería el de Director Ejecutivo en el Banco Mundial- no se tiene la consideración de personal del servicio exterior español.

3. En el caso de delegaciones de la Unión Europea o misiones conjuntas con Estados miembros de la misma, u organizaciones internacionales o intergubernamentales, solo tendrá la consideración de personal del Servicio Exterior español el personal que ocupe un puesto de trabajo de la relación de puestos de trabajo de la Administración General del Estado y no aquel que ocupepuestos de trabajo del Servicio Exterior Europeo o de una organización internacional o intergubernamental.

Para no meter la pata, ya que también se dice en el precepto que si tendrá la consideración de personal del Servicio Exterior el que ocupe un puesto de trabajo en la RPT de la Administración General del Estado, busque la Relación de Puestos de Trabajo del Ministerio de Economía y Competitividad en el exterior, pues si nombra una Secretaría del mismo es evidente que el puesto debe estar adscrito al MINECO.

Aquí la tenéis, ni rastro del puesto de Director Ejecutivo en el Banco Mundial.

Por si acaso, y como sabía que Beatriz de Guindos había sido nombrada en su día como Alternate Executive Director, busqué en Google y en el BOE su nombramiento o, al menos, la convocatoria pública del proceso. Tiempo perdido, no encontré ni lo uno ni lo otro. Vamos, ya estaba en disposición de afirmar que la persona que ocupe el puesto Director Ejecutivo en el Banco Mundial no tiene la consideración de personal del servicio exterior español.

Al no tenerse esa consideración, no resulta de aplicación el RD 2827/1998, de 23 de diciembre, que en sus artículos 5 y 6 limita su ámbito de aplicación a los puestos de trabajo en las oficinas económicas y comerciales de España. Vamos, que no ha existido, al amparo del referido Real Decreto, convocatoria alguna para la provisión del puesto de Director Adjunto del Banco Mundial.

Tampoco es de aplicación el RD 364/1995, de 10 de marzo. Para que el mismo resultase aplicable sería preciso que el puesto a cubrir fuese de la Administración General del Estado o de sus organismos autónomos, lo que, como resulta de la Ley 2/2014, no es el caso.

En definitiva, que cuando el Gobierno defendió el nombramiento de Soria bajo una apariencia de provisión de puestos y derecho a desarrollar su carrera de funcionario mintió. No había tal.

La realidad es que los nombramiento, o propuestas de nombramientos, por parte de España para organizaciones internacionales o intergubernamentales no tiene en la actualidad una regulación especifica, por lo que todas las referencias que se han hecho a la necesidad de ser funcionario y, además, del cuerpo de técnicos comerciales y economistas del estado son FALSAS. Y lo son, no sólo porque no hay norma que exija eso, sino porque, además, en la “oferta de empleo” que se ha filtrado ni siquiera se establecen tales requisitos. Sólo existe, al respecto, esta referencia:

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Resumiendo, que para optar al puesto de Director Ejecutivo ni era necesario ser funcionario, ni Técnico Comercial y Economista del Estado, pero el paripé que montan con el tema de la Comisión tiene su explicación.

Y es que, aunque no exista una regulación especifica al respecto, debemos concluir que, con mayor o menor extensión, la Secretaría de Estado de Economía se veía compelida a cumplir con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad para elegir al candidato más idóneo para representar a España y seguir y apoyar las iniciativas españolas, oficiales o privadas, en el Banco Mundial.

Por eso el MINECO sacó la seudoconvocatoria adjunta a la noticia de El Confidencial, para dar una apariencia de proceso selectivo, al igual que sucede con la Comisión de Evaluación. Pero no es más que una apariencia, ya que en cuanto rascas un poco sobre la convocatoria y la comisión de evaluación descubres que:

  • La convocatoria solo fue difundida a dos asociaciones de funcionarios, a la de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado y a la de Diplomados Comerciales del Estado, que, obviamente, sólo la habrán difundido entre sus asociados.

  • Que la comisión está constituida por cargos políticos –aquí se desarrolla como se nombran los mismos– (Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa; Secretario de Estado de Comercio, Secretaría General del Tesoro, Director General de Análisis Macroeconómico y Director General de Política Económica) todos ellos, conforme al actual organigrama del Ministerio de Economía y Competitividad, pertenecientes al cuerpo de técnicos comerciales y economistas del estado.

Es evidente que el Ministro del ramo se ha pasado por el forro la Constitución, como lo es también que en esa comisión no se busca al candidato más idóneo, sino repartir una canonjía entre unos poco elegidos, que deben tener, por orden de su excelencia, no sabemos si ministerial, presidencial o divina, dos requisitos acumulativos: ser Técnico Comercial y Economista del Estado y político del Partido Popular.

Y así son las cosas, nada novedosas, por cierto, pues ésta, y otras prácticas parecidas, las viene contando Alejandro Nieto desde hace un montón de tiempo, por ejemplo, en “La organización del desgobierno”.

Para terminar decir que lo que más me revienta del nombramiento de Soria es que los cinco altos cargos del gobierno que constituían la comisión de evaluación, que pertenecen todos ellos a un cuerpo con cierto prestigio en la Administración General del Estado al que posiblemente retornarán cuando cambie el signo del Gobierno, hayan olvidado, al momento de proponer a Soria como Director Ejecutivo en el Banco Mundial, los principios que rigen el ejercicio de sus cargos -Art. 3 Ley 3/2015, de 30 de marzo-. Flaco favor han hecho al Estado y a su cuerpo.

Eso si, la historia ha tenido un final feliz

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